No. | Disposición Normativa | Responsable | Informe | Medio de envío y/o destinatario | Periodicidad | Días Calendario | E | F | M | A | M | J | J | A | S | O | N | D | CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (CUSF) Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre del 2014 |
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TITULO 2 DE LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES | |||||||||||||||||||
1 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.2 Anexo 2.2.3-a |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición de más del 5% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
2 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.3 Anexo 2.2.3-b |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición del 20% o más de las acciones del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
3 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.8 Anexo 2.1.2-a |
Dir. Administrativo | Aviso de adquisición de más del 2% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra - 3 Días después de la adquisición o transmisión | Hábiles | ||||||||||||
4 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.9 y 38.1.2 fracción I | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Propietarios de Acciones Representativas) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 |
27 | 27 | 26 | ||||||||
5 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.1 | Dir. Administrativo | Autorización para la modificación a los Estatutos Sociales | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
6 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.7 | Dir. Administrativo | Primer testimonio original y copia notarial de la escritura de protocolización del acta de la asamblea general correspondiente, así como permiso de la Secretaría de Economía | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra, después de la aprobación a la modificación de los estatutos | |||||||||||||
TITULO 3 DEL GOBIERNO CORPORATIVO | |||||||||||||||||||
7 | Capítulo 3.1 Del Sistema de Gobierno corporativo | Disposición 3.1.5 y 38.1.3 fracción I Anexo 38.1.3 |
Contralor General Comité de Auditoría | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Evaluación del Sistema de Gobierno Corporativo) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 |
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8 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción II y 3.2.6 | Administración de Riesgos | Informe de la Autoevaluación de Riesgos y Solvencia Institucionales (ARSI) | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 29 | ||||||||||||
9 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción VII | Administración de Riesgos | Informe sobre exposición al riesgo | Consejo de Administración Director General |
Trimestral, en las sesión del Consejo de Administración | 22 |
27 | 26 | 25 | |||||||||
10 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.9 y 38.1.3 fracción III Anexo 38.1.3 |
Contralor General Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (ARSI) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 | |||||||||||
11 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.11 y 38.1.3 fracción II Anexo 38.1.3 |
Contralor General Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (El Manual de Administración de Riesgos) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 | |||||||||||
12 | Capítulo 3.3. Del Control Interno | Disposición 3.3.8 | Contralor General | Reporte del Sistema de Contraloría Interna | Comité de Auditoría | Cuando menos semestralmente | 15 | 19 | |||||||||||
13 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XI | Auditor Interno | Evaluación del desempeño de terceros contratados para la prestación de servicios | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Semestral en las sesiones del Consejo de Administración y del Comité de Auditoría | |||||||||||||
14 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XII, 3.4.7 y 3.4.8 | Auditor Interno | Informe de la gestión de Auditoría Interna | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Cuando menos semestralmente en la Sesión del Comité de Auditoría y del Consejo de Administración | 15 | 19 | |||||||||||
15 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIII | Auditor Interno | Informe de seguimiento a deficiencias o desviaciones relevantes | Comité de Auditoría | Cuando ocurra en la Sesión del Comité de Auditoría | |||||||||||||
16 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIV | Auditor Interno | Programa de Trabajo de Auditoría Interna | Comité de Auditoría | Anual último trimestre | 18 | ||||||||||||
17 | Capitulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 | Encargado de la Función Actuarial | Informe de la Función Actuarial | Consejo de Administración Director General |
Anual durante el primer Cuatrimestre | 27 | ||||||||||||
18 | Capítulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 y 38.1.3 fracción IX Anexo 38.1.3 | Encargado de la Función Actuarial Contralor General |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Copia digitalizada del Informe de la Función Actuarial) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | 3 | ||||||||||||
19 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.8 Anexo 3.7.4, 3.7.6 y 3.7.7 |
Dir. Administrativo | Evaluación al cumplimiento para la acreditación de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios | Director General y Comité de Auditoría | Anual | 31 |
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20 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.10 y 38.1.2 fracción II Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Nombramiento de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
21 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción I | Comité de Auditoría | Proponer el Sistema de Contraloría Interna y sus actualizaciones | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
22 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción II | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Interno | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
23 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción III | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Externo Independiente y servicios adicionales | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | 26 | ||||||||||||
24 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IV | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario Independiente que dictamine las Reservas Técnicas | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | 26 | ||||||||||||
25 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción V , 7.2.2 | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario que realice la Prueba de Solvencia Dinámica | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | ||||||||||||
26 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VI | Comité de Auditoría | Proponer la designación del experto independiente que opine sobre el modelo interno para el calculo del RCS | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
27 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VII | Comité de Auditoría | Aprobación de los Planes de Regularización y su seguimiento | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
28 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VIII y 3.8.4 fracción XIII | Comité de Auditoría | Proponer para aprobación el Código de Conducta y sus modificaciones | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | ||||||||||||
29 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IX | Comité de Auditoría | Proponer los cambios a las Políticas Contables | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
30 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción X | Comité de Auditoría | Proponer las normas que regirán el funcionamiento del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
31 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción I y 3.4.3 fracción XIV | Comité de Auditoría | Aprobar el programa anual de Auditoría Interna | Anual último trimestre | 18 | |||||||||||||
32 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción V | Comité de Auditoría | Informe de situación que guarda el Sistema de Gobierno Corporativo | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | ||||||||||||
33 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción VI | Comité de Auditoría | Informe de irregularidades importantes detectadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
34 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción XIV | Comité de Auditoría | Informe del desempeño de actividades del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | 27 | 26 | 25 | |||||||||
35 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.7 y 38.1.2 fracción III Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Auditoría) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
36 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.2 fracción III | Contralor General | Informe de actividades del Comité de Inversiones | Consejo de Administración Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | 27 | 26 | 25 | |||||||||
37 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.3 | Contralor General | Sesiones del Comité de Inversiones | Mensualmente | ||||||||||||||
38 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.5 y 38.1.2 fracción IV Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
39 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposiciones 3.10.2 fracción III inciso c, 9.3.4 |
Dir. Técnico | Proponer los límites máximos de retención | Consejo de Administración | Anual durante el último trimestre | 25 | ||||||||||||
40 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción III inciso f |
Dir. Técnico | Revisión del Manual de reafianzamiento | Consejo de Administración | Cuando menos una vez al año | 22 | ||||||||||||
41 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VI | Dir. Técnico | Informe del Comité de Reafianzamiento | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | 27 | 26 | 25 | |||||||||
42 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VII | Dir. Técnico | Informe de contratos de reafianzamiento que no se ajustan al principio de proporcionalidad | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | |||||||||||||
43 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.4 | Dir. Técnico | Sesiones del comité de Reafianzamiento | Interno | Cuando menos trimestralmente | |||||||||||||
44 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.5 y 38.1.3 fracción IV Anexo 38.1.3 |
Contralor General Dir. Técnico |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Manual de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 | |||||||||||
45 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.7 y 38.1.2 fracción V | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
46 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.6 fracción II inciso d |
Dir. Técnico | Revisión al Manual de Suscripción | Interno | Cuando menos una vez al año | 22 | ||||||||||||
47 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.6 fracción VI | Dir. Técnico | Informe del Comité de Suscripción | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 22 | 27 | 26 | 25 | |||||||||
48 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.9 | Dir. Comercial | Sesiones del Comité de Suscripción | Interno | Cuando menos mensualmente | |||||||||||||
49 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.11 y 38.1.2 fracción VI Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Suscripción ) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
TITULO 4 DE LOS PRODUCTOS DE SEGUROS Y DE LAS NOTAS TÉCNICAS Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL DE FIANZAS | |||||||||||||||||||
50 | Capítulo 4.2 Del Registro de Notas Técnicas y Documentación Contractual de Fianzas | Disposición 4.2.5 fracción I, II y III | Dir. Técnico | Registro de Notas Técnicas, Documentación contractual y Dictamen jurídico | CNSF | Cuando ocurra | |||||||||||||
51 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.1 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir fianzas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
51 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.3 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Cambio o Modificación al registro de firmas para suscribir fianzas | CNSF Oficialía de parte | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio, alta o baja de funcionarios y representantes | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 5 DE LAS RESERVAS TECNICAS | |||||||||||||||||||
53 | Capítulo 5.16 De la constitución, incremento, valuación y registro de la reserva de contingencia de fianzas | Disposición 5.16.3 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización para disponer de la reserva de contingencia de fianzas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
54 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.5 y 38.1.4 fracciones IX y X Anexo 38.1.4 |
Dir. Técnico | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Valuación de Reservas Técnicas e importes recuperables de Reaseguro) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
55 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.5 y 38.1.4 fracción XIII Anexo 38.1.4 |
Dir. Técnico | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Documento de certificación de cada una de las valuaciones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
TITULO 6 DE LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITAL | |||||||||||||||||||
56 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.2 Anexo 6.1.2 |
Contralor General | Actualización del Capital Mínimo Pagado | Interno | Anual antes del 30 de junio | |||||||||||||
57 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.5 | Contralor General | El monto del Capital Mínimo que deberá contar la institución tendrá que estar suscrito y pagado | Interno | A más tardar el último día del año | Hábil | 31 | |||||||||||
58 | Capítulo 6.2 De la Fórmula General para el cálculo del RCS | Disposición 6.2.1 Anexo 6.10.6. Art. 233 y 236 de la LISF |
Función Actuarial Dir. Técnico Contralor General |
Calcular el Requerimiento de Capital de Solvencia de conformidad con la fórmula general | Interno | Mensual | |||||||||||||
59 | Capítulo 6.9 De los modelos internos para el cálculo del RCS | Disposición 6.9.9 | Dir. Técnico | Autorización para el uso de Modelo Interno para el cálculo del RCS | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
60 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.1 y 38.1.8 fracción I inciso e Anexo 38.1.8 |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros(Capital Mínimo Pagado) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
61 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.2 y 38.1.5 Anexo 38.1.5 |
Contralor General Encargado de la Función Actuarial | RR-4 Reporte Regulatorio sobre Requerimientos de Capital (Requerimientos de Capital) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
62 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.3 | Dir. Técnico | Presentar la demostración de equivalencia del Modelo Interno una vez que se haya autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | ||||||||||||
63 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.4 | Dir. Técnico | Presentar la opinión favorable del experto independiente una vez que el Modelo Interno haya sido autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | ||||||||||||
64 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.5 | Dir. Técnico | Informar las modificaciones a la Política de ajustes a sus Modelos Internos cuando se cuente con la autorización para el empleo del modelo | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 10 días siguientes a la modificación aprobada por el consejo | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 7 DE LOS FONDOS PROPIOS ADMISIBLES Y LA PRUEBA DE SOLVENCIA DINÁMICA | |||||||||||||||||||
65 | Capítulo 7.2 De la Prueba de Solvencia Dinámica | Disposición 7.2.4 fracción I Transitoria décima segunda fracción V | Encargado de la Función Actuarial | Prueba de solvencia dinámica | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 29 | ||||||||||||
66 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposición 7.4.1 y 38.1.8 fracción I inciso f | Contralor Genera | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Fondos Propios Admisibles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
67 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposiciones 7.4.2, 7.4.3 y 38.1.3 fracción V Anexo 38.1.3 Artículo 245 LISF Transitoria décima segunda fracción V |
Contralor General Encargado de la Función Actuarial | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Prueba de Solvencia Dinámica) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 | |||||||||||
TITULO 8 DE LAS INVERSIONES Y OTROS ACTIVOS | |||||||||||||||||||
68 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposición 8.5.2 | Dir. Administrativo | Deberán practicarse avalúos a los inmuebles de la institución | Interno | Anualmente a partir de la fecha del último avalúo realizado | |||||||||||||
69 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposiciones 8.5.8, 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Contralor General Dir. Administrativo |
RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Presentar copia de los avalúos de los inmuebles, contratos de arrendamiento, renovaciones o modificaciones a los mismos) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
70 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.6 | Administración de Riesgos | Revisión del Manual de crédito | Consejo de Administración | Al menos una vez al año | 22 | ||||||||||||
71 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.7 | Dir. Administrativo Contralor General | Reporte de desempeño de la actividad crediticia | Consejo de Administración | Anual | 22 | ||||||||||||
72 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.20 | Dir. Administrativo Contralor General | Informe de la actividad crediticia | Consejo, Comité de Auditoría y Área de Administración de Riesgos | Cuando menos trimestralmente en las sesiones del consejo | 22 | 27 | 26 | 25 | |||||||||
73 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.25 | Administración de Riesgos | Informe de reservas preventivas | Dirección General | Mensual | |||||||||||||
74 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.30 | Auditor Interno | Auditoría de crédito | Consejo Admón. y Comité de Auditoría | Anual | 22 | ||||||||||||
75 | Capítulo 8.15 De la inversión en otras sociedades | Disposiciones 8.15.6, 8.15.9 Anexos 8.15.6-a y 8.15.9 |
Dir. Jurídico | Autorización para la inversión en otras sociedades | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
76 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 y 38.1.3 fracción VI Anexo 38.1.3 Artículo 247 LISF |
Contralor General | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Acuerdo de aprobación de la Política de Inversión y la política aprobada) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 3 | |||||||||||
77 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 Anexo 38.1.3 Artículo 247 LISF |
Contralor General | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Acuerdo de aprobación de modificaciones a la política de inversión) | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra- 20 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | ||||||||||||
78 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.2 y 38.1.8 fracción I inciso c Anexo 38.1.8 |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Parámetros de la Política de Inversión) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
79 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.3 y 38.1.8 fracción I inciso d Anexo 38.1.8 Artículo 250 LISF |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Determinación de la Base de Inversión e información de los activos e inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
80 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.4 y 38.1.6 fracción I Anexo 38.1.6 |
Contralor General | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
81 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Contralor General | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones- casos especiales como inversiones con rendimiento real, redescuentos, créditos e inmuebles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
82 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposiciones 8.23.6, 8.19.4 y 38.1.6 fracción III Anexo 38.1.6 |
Contralor General | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Contratos Celebrados con Entidades Financieras) | CNSF a través del SEIVE | Por única vez cuando se suscriban o tenga modificaciones en el trimestre que corresponda. 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio |
Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
TITULO 9 DEL REASEGURO, REAFIANZAMIENTO Y OTROS MECANISMOS DE TRANSFERENCIA DE RIESGOS Y RESPONSABILIDADES | |||||||||||||||||||
83 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Comité de Reafianzamiento | Revisión a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | Consejo de Administración | Anualmente dentro de los 12 meses siguientes a su aprobación o última revisión | 26 | ||||||||||||
84 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Dir. Técnico | Informe de modificaciones a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
85 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.5 | Dir. Técnico | Informe de ajustes a los límites máximos de retención | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
86 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.10 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización de exceso a los límites máximos de retención | CNSF | Cuando ocurra | |||||||||||||
87 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.1, 9.7.4 y 38.1.7 fracción III inciso a Anexo 38.1.7 |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Límites Máximos de Retención) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | |||||||||||
88 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposición 9.7.5 Anexo 9.7.5 |
Dir. Técnico | Modificaciones a la Metodología para la determinación del Límite de Acumulación de responsabilidad por Fiado | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | ||||||||||||
89 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.6 y 38.1.7, fracción I inciso c Anexo 38.1.7 |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Cúmulos de Responsabilidades por Fianza, por Fiado o Grupo de Fiados) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 26 | 20 | 20 | 26 | ||||||||
90 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción I, 38.1.7 fracción III inciso c Anexo 38.1.7 Articulo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Plan General de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | |||||||||||
91 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción II, 38.1.7 fracción I inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Reporte Trimestral de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 26 | 20 | 20 | 26 | ||||||||
92 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.8 y 38.1.7 fracción II inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Soporte Documental de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 30 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 19 | 14 | 10 | 12 | ||||||||
93 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.10 y 38.1.7 fracción I inciso b Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Operaciones realizadas con Reaseguradoras Extranjeras y con entidades no inscritas en RGRE) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 26 | 20 | 20 | 26 | ||||||||
94 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.11 y 38.1.3 fracción VII Anexo 38.1.3 |
Contralor General | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Reporte de Contratos de Reafianzamiento correspondiente a operaciones de reaseguro financiero) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 3 | |||||||||||
TITULO 10 DE LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y OTROS TITULOS DE CRÉDITO | |||||||||||||||||||
95 | Capítulo 10.1 De la emisión de obligaciones subordinadas | Disposición 10.1.1 | Contralor General | Obligaciones Subordinadas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
96 | Capítulo 10.2 De la emisión de otros títulos de crédito | Disposición 10.2 | Contralor General | Autorización para la emisión de Otros Títulos de Crédito | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
97 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.4 | Contralor General | Información a presentar para hacer constar la declaración unilateral de voluntades | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra al menos con 20 días de anticipación a la fecha que se pretenda emitir los títulos | Hábiles | ||||||||||||
98 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.5 | Contralor General | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra Sesión de consejo posterior a la colocación | |||||||||||||
99 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.6 | Contralor General | Reporte de evolución de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Anual cuando ocurra | |||||||||||||
100 | Capítulo 10.4 De los límites en la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.4.2 | Contralor General | Notificar cuando los pagos por concepto de amortización e intereses de la totalidad de las obligaciones subordinadas no susceptibles de convertirse en acciones y de otros títulos de crédito emitidos por una Institución, excedan en un año calendario el 5% de los Fondos Propios Admisibles | CNSF - Oficialía de partes | Dentro de los 30 días posteriores al cierre del año | Naturales | ||||||||||||
101 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.2 | Contralor General | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha en que se efectúe la colocación | Hábiles | ||||||||||||
102 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.3 | Contralor General | Cambio en la calificación de las emisiones de obligaciones subordinadas u otros títulos de crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 5 días a partir de que ocurra el cambio | Hábiles | ||||||||||||
103 | Capítulo 10.6 De la operación de líneas de crédito | Disposición 10.6.4 | Contralor General | Informe para disponer de líneas de Crédito en cuentas de cheques destinadas a cubrir sobregiros | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días posteriores a la fecha de celebración del convenio | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 11 DE LAS GARANTIAS DE RECUPERACIÓN | |||||||||||||||||||
104 | Capítulo 11.5 De la información y comprobación respecto de reclamaciones judiciales y extrajudiciales recibidas, así como respecto de las garantías recabadas | Disposiciones 11.5.1 y 38.1.8 fracción I inciso b Anexo 22.1.2 inciso r (B-18)(19) Formatos I y II |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
105 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.2 Anexo 11.7.2 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir las constancias de Tildación | CNSF - Oficialía de partes | Anual, los primeros 10 días del mes de febrero | Hábiles | 15 | |||||||||||
106 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.3 | Dir. Técnico | Alta o baja de firmas de funcionarios que suscriban las constancias para tildación | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 12 DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS Y DE LAS OPERACIONES CON ENTIDADES RELACIONADAS | |||||||||||||||||||
107 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.2 | Dir. Administrativo | Aprobar la celebración de operaciones relevantes con entidades relacionadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra | |||||||||||||
108 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.8 | Contralor General | Informar el resultado del estudio de precios de transferencia | Comité de Auditoría | En la sesión inmediata siguiente a la fecha en que reciba el estudio | |||||||||||||
109 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.9 | Comité de Auditoría | Informe sobre diferencias en los precios o montos de contra prestación pactados | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra plazo no mayor a 5 días contados a partir de recepción del estudio | Hábiles | ||||||||||||
110 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.10 | Contralor General | Presentación de los contratos celebrados con entidades relacionadas o personas morales con las cuales se mantengan vínculos de negocio | Comité de Auditoría | Cuando ocurra, previo a la formalización | |||||||||||||
111 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.13 | Contralor General | Informe de operaciones de transferencia que impliquen transferencia de riesgo con importancia relativa | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra dentro de los 20 días siguientes a la fecha de celebración de las operaciones | Hábiles | ||||||||||||
112 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.14 Anexo 12.3.5 |
Contralor General | Estudio Anual de Precios de Transferencia | CNSF a través del SEIVE | Anual durante el 1er trimestre | |||||||||||||
113 | Capítulo 12.3 De la información y comprobación respecto de la contratación de servicios con terceros y de las operaciones con entidades relacionadas | Disposiciones 12.3.2 y 38.1.10 fracción I Anexo 38.1.10 |
Dir. Administrativo | RR-9 Reporte Regulatorio sobre Operaciones Contratadas con Terceros (Informe de las contrataciones de servicios con terceros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre | 26 | 20 | 20 | 26 | |||||||||
TITULO 13 DE LA INFORMACIÓN DE APERTURA, CAMBIO DE UBICACIÓN Y CLAUSURA DE OFICINAS | |||||||||||||||||||
114 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.1 Anexo 13.1.1 |
Dir. Administrativo | Aviso de apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días de anticipación a la apertura, cambio o clausura de oficinas | Hábiles | ||||||||||||
115 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.2 | Dir. Administrativo | Aviso al Público en General de la apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | Diario de circulación nacional | Cuando ocurra 30 días de anticipación al cambio. (Dos publicaciones con 15 días entre la primera y la segunda) | Naturales | ||||||||||||
116 | Capítulo 13.2 De los días en que podrán cerrar y suspender operaciones las instituciones | Disposición 13.2.1 Anexo13.2.1 |
Los días en que la institución podrá cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 | 5 | 19, 29, 30 | 1 | 2, 19 | 25 | ||||||||||
117 | Capítulo 13.3 Del periodo vacacional del personal de la Comisión | Disposición 13.3.1 Anexo 13.3.1 |
Periodo vacacional del personal de la Comisión | 2, 3, 4, 5 | |||||||||||||||
118 | Capítulo 13.4 De los días inhábiles por situaciones de contingencia | Disposición 13.4.1 Anexo 13.4.1 |
Los días inhábiles por situaciones de contingencia | ||||||||||||||||
TITULO 22 DE LA CONTABILIDAD Y LOS ESTADOS FINANCIEROS | |||||||||||||||||||
119 | Capítulo 22.1 De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos | Disposición 22.1.2 Anexo 22.1.2 inciso g (B-7) inciso 6 |
Dir. Técnico | Informar las fianzas reclamadas y pagadas que tengan reafianzamiento ya sea tomado o cedido | Instituciones reafianzadoras | Cuando ocurra no excederá de 20 días, contado a partir de la fecha de contabilización | Hábiles | ||||||||||||
120 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.2 | Contralor General | Aprobación de la contratación del Proveedor de precios | Consejo de Administración | Cuando ocurra | |||||||||||||
121 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposiciones 22.2.3 y 38.1.2 fracción VIII Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Proveedor de Precios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
122 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.3 | Contralor General | Cambio de Proveedor de Precios | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días de anticipación a la celebración del contrato | Hábiles | ||||||||||||
123 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.5 | Contralor General | Informar en caso de que se tenga objeción a los precios que determine el proveedor de precios contratado | Proveedor de precios CNSF |
Cuando ocurra | |||||||||||||
124 | Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los libros, registro y documentación de contabilidad | Disposición 22.3.13 | Dir. Administrativo | Pérdida, destrucción o robo de los libros, registros o auxiliares de cualquier tipo | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días a partir de que se tenga conocimiento | Hábiles | ||||||||||||
125 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposiciones 22.4.1 y 38.1.8 fracción I incisos a y b Anexo 38.1.8 |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Esquema General de los Estados Financieros: Catálogo, Reportes de consolidación, Reportes relativos a los conceptos que integran los estados financieros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, excepto el cuarto que debe presentarse dentro de 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
126 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposición 22.4.2 Anexo 22.4.2 |
Contralor General | Procedimiento de Prorrateo | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 30 de noviembre de cada año | 30 | ||||||||||||
TITULO 23 DE LOS DICTÁMENES E INFORMES DE LOS AUDITORES EXTERNOS Y ACTUARIOS INDEPENDIENTES | |||||||||||||||||||
127 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.2 y 38.1.2 fracción IX Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Contralor General | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Auditor Externo Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del tercer trimestre | Hábiles | 26 | |||||||||||
128 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.3 Anexo 23.1.3 |
Contralor General | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Auditor Externo Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Octubre | 31 | ||||||||||||
129 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.4 | Contralor General | Sustitución de la sociedad de Auditoría Externa | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación por el consejo | Hábiles | ||||||||||||
130 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.6 Anexo 23.1.6 |
Contralor General | Servicios adicionales de Auditoría Externa | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | ||||||||||||
131 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.8 Anexo 23.1.8 |
Contralor General | Programa de Auditoría del Auditor Externo independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual, a más tardar el 31 de Octubre | 31 | ||||||||||||
132 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.10 | Contralor General | Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | |||||||||||||
133 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.11 | Contralor General | Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | |||||||||||||
134 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.14 y 38.1.8 fracción II inciso a Anexos 23.1.14 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Corto) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | |||||||||||
135 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.15 y 38.1.8 fracción III inciso a Anexos 23.1.15 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Largo y la opinión sobre información complementaria) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
136 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.16 y 38.1.8 fracción III inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe sobre otras Opiniones y Comunicados) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
137 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.1, 23.2.2, 38.1.2 fracción X Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Dir. Técnico | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Actuario Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual- 20 días siguientes al cierre del segundo trimestre | Hábiles | 27 | |||||||||||
138 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.3 y 23.2.8 Anexo 23.2.3 |
Dir. Técnico | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Julio | 31 | ||||||||||||
139 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.4 | Dir. Técnico | Sustitución del Actuario Independiente | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación | Hábiles | ||||||||||||
140 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.6 Anexo 23.2.6 |
Contralor General Dir. Técnico |
Servicios adicionales del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | ||||||||||||
141 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.8 Anexo 23.2.8 |
Contralor General Dir. Técnico |
Programa de Actividades del actuario independiente | CNSF a través del SEIVE | A más tardar el 31 de julio de cada año | 31 | ||||||||||||
142 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.12 | Contralor General Dir. Técnico |
Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | |||||||||||||
143 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.14 | Contralor GeneralDir. Técnico | Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | |||||||||||||
144 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.17 y 38.1.8 fracción II inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Contralor General Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Carta dictamen sobre la situación y suficiencia de las Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | |||||||||||
145 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.18 y 38.1.8 fracción III inciso c Anexo 23.2.18 |
Contralor General Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe del Dictamen de Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
146 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.19 | Dir. Técnico | Carta Dictamen e Informe del Dictamen de Reservas Técnicas | Comité de Auditoría | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 2 | |||||||||||
TITULO 24 DE LA REVELACION DE INFORMACION | |||||||||||||||||||
147 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.4 | Contralor General | Calificación de calidad crediticia de SOFIMEX | Institución Calificadora de Valores | No podrá tener una antigüedad superior a doce meses | 22 | ||||||||||||
148 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.4 y 38.1.8 fracción III inciso h Anexo 38.1.8 |
Contralor General | RR-7 Reporte regulatorio sobre Estados Financieros (Copia de los documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
149 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.6 | Contralor General | Aprobación de los Estados Financieros Básicos Consolidados, Notas de Revelación y Reporte de Solvencia y Condición Financiera | Consejo de Administración y Director General | Anual | |||||||||||||
150 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.5 y 24.2.1 Anexo 24.2.2 |
Contralor General | Difusión del Reporte sobre la Solvencia y Condición Financiera (RSCF) | Página Electrónica de Sofimex | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
151 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 | Contralor General | Publicación del Balance General y Estado de Resultados consolidados | Diario de Circulación Nacional | Trimestral 20 días siguientes a la fecha de elaboración | Hábiles | 2 | 27 | 27 | 26 | ||||||||
152 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 y 24.1.8 | Contralor General | Publicación anual del Balance General y Estado de Resultados consolidados y demás información | Diario de Circulación Nacional | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | |||||||||||
153 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.8 fracción IV | Contralor General | Informar al público en general respecto del cambio de dominio de la página electrónica de SOFIMEX | Diario de Circulación Nacional | Cuando ocurra 15 días siguientes al cambio | Hábiles | ||||||||||||
154 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.9 fracciones I a V y 38.1.8 fracción III incisos del d al h Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Contralor General | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Publicación en DOF, copia de los estados básicos consolidados anuales y sus notas, copia certificada de aprobación de los estados financieros, el RSCF, documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 18 | |||||||||||
155 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.9. fracción VI | Contralor General | Presentar los Estados Financieros Básicos Consolidados anuales y sus notas de revelación | CNSF Oficialía de partes | Anual dentro de los 30 días siguientes a la aprobación por parte de la asamblea de accionistas | Hábiles | 21 | 9 | ||||||||||
156 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.10 | Contralor General | Corrección de información de estados financieros, notas de revelación y RCSF. Sustitución de RR-7 | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la notificación de la CNSF | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 26 DE LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA | |||||||||||||||||||
157 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción I, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXII Anexo 38.1.9-w |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESAF para la Operación Afianzadora) | CNSF a través del SEIVE | Anual 29 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 16 | |||||||||||
158 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción II, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXIII Anexo 38.1.9-x |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística resumen trimestral (SESAF de Información Estadística resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral dentro de los 22 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 7 | 2 | 31 | 30 | ||||||||
159 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción III, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXV Anexo 38.1.9-z |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística comportamiento resumen trimestral (SESAF de Información del Comportamiento resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 | 20 | 27 | 26 | ||||||||
TITULO 27 DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 492 DE LA LISF | |||||||||||||||||||
160 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Relevantes | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 10 días posteriores al trimestre | Hábiles | 19 | 13 | 13 | 12 | ||||||||
161 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Inusuales | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | ||||||||||||
162 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Preocupantes | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | ||||||||||||
163 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción III Anexo 27.1.1-c |
Dir. Administrativo | Ratificación y/o cambios en la integración del Comité de Comunicación y Control | CNSF a través del SEIVE | Anual primeros 15 días de enero | Hábiles | 26 | |||||||||||
164 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1 fracción V Anexo 27.1.1-e |
Dir. Administrativo | Designación del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | ||||||||||||
165 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción I Anexo 27.1.2-a |
Dir. Administrativo | Sustitución del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | ||||||||||||
166 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción II Anexo 27.1.2-b |
Dir. Administrativo | Presentar las Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente y criterios para dar cumplimiento al artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 20 días siguientes a la aprobación del comité | Hábiles | ||||||||||||
167 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción III Anexo 27.1.2-c |
Dir. Administrativo | Informe del Programa anual de cursos de capacitación | CNSF a través del SEIVE | Anual 15 días de enero | Hábiles | 26 | |||||||||||
168 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción IV Anexo 27.1.2-d |
Dir. Administrativo | Informe de resultados de revisión al cumplimiento del artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Anual 60 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 1 | |||||||||||
TITULO 28 DE LOS PLANES DE REGULARIZACION Y LOS PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN | |||||||||||||||||||
169 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposiciones 28.1.1, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-a Anexo 39.5.16-b |
Áreas de la Institución | Presentar los Planes de Regularización | Director General Comisión – SIPREP y la Oficialía de Partes | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y en un plazo máximo de 5 días posteriores a la Oficialía de Partes | Hábiles | ||||||||||||
170 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposición 28.1.3 | Comité de Auditoría | Publicación de incumplimiento de Planes de Regularización que ordene la CNSF | Diario Oficial, Dos diarios de circulación nacional, Pagina electrónica de Sofimex | Cuando ocurra 10 días siguientes a la recepción de la orden de la CNSF | Hábiles | ||||||||||||
171 | Capítulo 28.2 De los programas de autocorrección | Disposiciones 28.2.1, 28.2.2, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-c |
Comité de Auditoría Áreas de la Institución |
Presentar los Programas de Autocorrección | Consejo de Administración, Director General y Comisión - Oficialía de partes y el SIPREP | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y a la Oficialía de Partes en un plazo máximo de 5 días posteriores | Hábiles | ||||||||||||
172 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.1 | Comité de Auditoría | Seguimiento a los Planes de Regularización | Consejo de Administración, Director General y Comisión Oficialía de partes | Mensual 10 días siguientes al cierre de cada mes | Hábiles | ||||||||||||
173 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe al vencimiento del Plan de Regularización | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del plan | Hábiles | ||||||||||||
174 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe de conclusión del Programa de Autocorrección | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del programa | Hábiles | ||||||||||||
TITULO 30 DE LOS AUDITORES EXTERNOS, ACTUARIOS Y DICTAMINADORES JURÍDICOS | |||||||||||||||||||
175 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.5 Anexo 30.6.4 |
Subdirector Jurídico | Registro del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | |||||||||||||
176 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.7 | Subdirector Jurídico | Actualización de datos del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra 5 días siguientes a la modificación | Hábiles | ||||||||||||
177 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.6 Anexo 30.6.6 | Subdirector Jurídico | Presentar la solicitud de renovación para la acreditación del Dictaminador Jurídico | CNSF a través del Sistema de citas y Registro de personas | Cada tres años | |||||||||||||
TITULO 39 DE LOS MECANISMOS DE ENTREGA DE INFORMACIÓN | |||||||||||||||||||
178 | Capítulo 39.1 De los aspectos generales | Disposición 39.1.5 Anexos 39.1.5-a y 39.1.5-b |
Contralor General | Trámite del registro para el uso de los medios de identificación electrónica para el SEIVE | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | |||||||||||||
179 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.3 Anexo 39.5.2-b Anexo 39.5.3-a o Anexo 39.5.3-b |
Dir. Administrativo | Sustitución, baja o designaciones adicionales de personas para acceder a SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
180 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.4 Anexo 39.5.2-c Anexo 39.5.4-a o Anexo 39.5.4-b |
Dir. Administrativo | Designación, sustitución y desautorización de personas designadas para acceso sólo de lectura al SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
181 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.5 Anexo 39.5.2-d |
Dir. Administrativo | Escrito en caso de sustitución del oficial de Cumplimiento | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS | |||||||||||||||||||
182 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 295 fracción X | Dir. Administrativo | Escrito de renovación cuando sea imposible efectuar oportunamente la venta de bienes adjudicados | CNSF | Cuando ocurra | |||||||||||||
183 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Presentar para aprobación el instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | CNSF | Cuando ocurra - En un plazo de noventa días contado a partir de la notificación de autorización por parte de la CNSF | |||||||||||||
184 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Solicitar dictamen favorable para iniciar operaciones | CNSF | Cuando ocurra - Dentro de un plazo de ciento ochenta días contado a partir de la aprobación del instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | |||||||||||||
185 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Publicar la autorización para organizarse y operar como Institución o sociedad mutualista | Diario Oficial de la Federación y dos periódicos de amplia circulación | Cuando ocurra - Dentro de los veinte días siguientes a la fecha de notificación de la autorización respectiva | |||||||||||||
186 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 47 fracción V | Dir. Jurídico | Inscribir en el Registro Público de Comercio el dictamen favorable otorgado por la CNSF para inicio de operaciones | Registro Público de la Propiedad y el Comercio | Cuando ocurra - A más tardar a los treinta días posteriores a que les haya sido notificado el dictamen favorable para inicio de operaciones | |||||||||||||
OTRAS LEYES Y DISPOSICIONES | |||||||||||||||||||
187 | Manual de usuario SIPREP | Dir. Administrativo | Designación de Operador del SIPREP (Anexo I Carta de designación y Anexo II Formato de aceptación y responsabilidad) | CNSF - Dirección General de Tecnologías de la información | Cuando ocurra - en forma previa a la implementación del SIPREP | ||||||||||||||
188 | Ley Federal de Derechos | Artículo 31 | Contralor | Pago de derechos de inspección y vigilancia | SHCP | Bimestral - primeros quince días de cada bimestre | Naturales | 16 | 15 | 15 | 16 | 17 | 15 | ||||||
189 | Acuerdo por el que se señalan los días del 2018 en los que la CONDUSEF cerrará sus puertas y suspenderá operaciones | Los días en que se cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 al 5 | 5 | 19, 29, 30 | 1 | 1 | 2, 19 | 12, 20 al 31 | ||||||||||
190 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición Tercera | Gerente de Reclamaciones | Actualización de datos de la UNE y la Institución | A través del sistema REUNE | Cinco días siguientes al evento | Hábiles | ||||||||||||
191 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición sexta | Gerente de Reclamaciones | Informe trimestral | A través del sistema REUNE | Trimestral dentro de los 10 días siguientes al trimestre | Hábiles | 19 | 13 | 13 | 12 | ||||||||
192 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 172 | Dir. Administrativo | Informe general sobre la marcha de los negocios | Asamblea de Accionistas | Anual | 27 | ||||||||||||
193 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 177 | Dir. Administrativo | Publicación del dictamen del Comisario | Asamblea de Accionistas | Anual, 15 días después de la celebración de la Asamblea de Accionistas | 11 | ||||||||||||
194 | Ley del Impuesto sobre la Renta Ley del Impuesto al Valor Agregado |
Artículo 14 Artículo 5-D |
Contralor General | Declaración provisional de ISR, IVA y declaración de impuestos retenidos | SAT | Mensual | 17 | 19 | 20 | 17 | 17 | 18 | 17 | 17 | 17 | 17 | 20 | 17 | |
195 | Ley del Impuesto al Valor Agregado | Artículo 32 | Contralor General | Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) | SAT | Mensual – el último día del mes siguiente al que corresponda | 31 | 28 | 28 | 30 | 31 | 29 | 31 | 31 | 28 | 31 | 30 | 31 | |
196 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 9 | Contralor General | Declaración anual de ISR | SAT | Anual - dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio | 28 | ||||||||||||
197 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 86 | Contralor General | Declaración informativa de honorarios, arrendamiento, donativos, pago de dividendos | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | ||||||||||||
198 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 32 A Regla 2.13.12 RMF 15 |
Contralor General | Dictamen Fiscal | SAT | Anual - 15 de Julio | 16 | ||||||||||||
199 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 28 | Contralor General | Contabilidad electrónica - Catálogo de cuentas con código agrupador y Balanza de comprobación | SAT | Mensual | |||||||||||||
200 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 143, a | Dir. Jurídico | Designar un apoderado para recibir requerimientos de pago y el domicilio para dicho efecto, así como los cambios que se produzcan | SHCP | Cuando ocurra - Con quince días de anticipación al cambio de domicilio o de apoderados | |||||||||||||
201 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de IMSS | IMSS | Mensual | 17 | 19 | 20 | 17 | 17 | 18 | 17 | 17 | 17 | 17 | 20 | 17 | |
202 | Ley del Infonavit | Artículo 35 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de Infonavit | IMSS | Bimestral | 17 | 20 | 17 | 17 | 17 | 20 | |||||||
203 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal Afore | IMSS | Bimestral | 17 | 20 | 17 | 17 | 17 | 20 | |||||||
204 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 118 | Gerente de R. Humanos | Declaración anual de sueldos y salarios | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | ||||||||||||
205 | Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización | Artículo 161 | Gerente de R. Humanos | Dictamen para efectos del Seguro Social | IMSS | Anual - a más tardar el 30 de septiembre | 28 | ||||||||||||
206 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Notificar del nuevo acto corporativo como: aumento de capital, cambio de denominación, funcionarios, de régimen, fusión, disolución, poder, reforma, etc. | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra. Una vez que hayan quedado inscritos en el registro público de comercio | |||||||||||||
207 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Informar en caso de liquidación el nombramiento del liquidador | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra - dentro de los 3 días posteriores a la designación | Hábiles | ||||||||||||
208 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima sexta | Dir. Administrativo | Notificar actualizaciones como domicilio, teléfono, correo electrónico y página electrónica | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Dentro de los 3 días posteriores aquel en que se efectuó el cambio | Hábiles | ||||||||||||
209 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima séptima | Dir. Administrativo | Validación de los datos | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Anual - Primeros 10 días de los meses de enero, abril, julio y octubre | Hábiles | 19 | 13 | 13 | 12 | ||||||||
210 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo III Disposición séptima | Dir. Administrativo | Publicación permanente del logo y alcance del buro así como la información de la institución | Portal de Internet de Sofimex | Permanente | |||||||||||||
211 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo IV Disposición décima | Dir. Administrativo | Actualización de la información comercial de Sofimex | CONDUSEF a través de la plataforma | Trimestral – 30 abril,30 julio, 30 octubre, 30 enero | 30 | 30 | 30 | 30 | |||||||||
212 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo II Disposición Cuarta | Comité de Auditoría | Solicitud y proyecto de Programa de Autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | |||||||||||||
213 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Octava | Comité de Auditoría | Escrito en el que conste haber presentado el programa ante el Consejo o Comité de Auditoría | CONDUSEF | 20 días contados a partir de que se lleve a cabo la sesión | Naturales | ||||||||||||
214 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Décima | Comité de Auditoría | Solicitud de autorización para modificar el programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | |||||||||||||
215 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo IV Disposición Décima segunda | Comité de Auditoría | Informe sobre el seguimiento al programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | |||||||||||||
216 | Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 | Disposición 2.4.1 fracción VI | Contralor General | Información relativa a la clave de RFC o CURP de los fiados por fianzas del ramo administrativo y crédito | SAT | Trimestral | |||||||||||||
217 | Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al INFONAVIT | Artículo 65 | Gerente de R. Humanos | Dictamen sobre cumplimiento de obligaciones con el INFONAVIT | INFONAVIT | 6 meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen | =) |