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SOFIMEX, Institución de Garantías S.A. | C a l e n d a r i o N o r m a t i v o 2 0 1 9 | Dudas o Sugerencias Tel: 54.80.25.48 | Enviar correo de cumplimiento | |
No. | Disposición Normativa | Obligaciones específicas para Caución | Responsable | Informe | Medio de envío y/o destinatario | Periodicidad | Días Calendario | E | F | M | A | M | J | J | A | S | O | N | D | |
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"CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (CUSF) Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre del 2014" |
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TITULO 2 DE LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES | ||||||||||||||||||||
1 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.2 Anexo 2.2.3-a |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición de más del 5% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
2 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.3 Anexo 2.2.3-b |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición del 20% o más de las acciones del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
3 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.8 Anexo 2.1.2-a |
Dir. Administrativo | Aviso de adquisición de más del 2% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra - 3 Días después de la adquisición o transmisión | Hábiles | |||||||||||||
4 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.9 y 38.1.2 fracción I | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Propietarios de Acciones Representativas) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
5 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.1 | Dir. Administrativo | Autorización para la modificación a los Estatutos Sociales | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
6 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.7 | Dir. Administrativo | Primer testimonio original y copia notarial de la escritura de protocolización del acta de la asamblea general correspondiente, así como permiso de la Secretaría de Economía | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra, después de la aprobación a la modificación de los estatutos | ||||||||||||||
TITULO 3 DEL GOBIERNO CORPORATIVO | ||||||||||||||||||||
7 | Capítulo 3.1 Del Sistema de Gobierno corporativo | Disposición 3.1.5 y 38.1.3 fracción I Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Comité de Auditoría |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Evaluación del Sistema de Gobierno Corporativo, copia certificada del acta en que fue aprobada, Manual del SGC y acta de aprobación del SGC) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
8 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción II y 3.2.6 | Administración de Riesgos | Informe de la Autoevaluación de Riesgos y Solvencia Institucionales (ARSI) | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 28 | |||||||||||||
9 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción VII | Administración de Riesgos | Informe sobre exposición al riesgo | Consejo de Administración Director General |
Trimestral, en las sesión del Consejo de Administración | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
10 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.9 y 38.1.3 fracción III Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (ARSI) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
11 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.11 y 38.1.3 fracción II Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (El Manual de Administración de Riesgos) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
12 | Capítulo 3.3. Del Control Interno | Disposición 3.3.8 | Dir. Financiero | Reporte del Sistema de Contraloría Interna | Comité de Auditoría | Cuando menos semestralmente | ? | ? | ||||||||||||
13 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XI | Auditor Interno | Evaluación del desempeño de terceros contratados para la prestación de servicios | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Semestral en las sesiones del Consejo de Administración y del Comité de Auditoría | ||||||||||||||
14 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XII, 3.4.7 y 3.4.8 | Auditor Interno | Informe de la gestión de Auditoría Interna | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Cuando menos semestralmente en la Sesión del Comité de Auditoría y del Consejo de Administración | ? | ? | ||||||||||||
15 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIII | Auditor Interno | Informe de seguimiento a deficiencias o desviaciones relevantes | Comité de Auditoría | Cuando ocurra en la Sesión del Comité de Auditoría | ||||||||||||||
16 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIV | Auditor Interno | Programa de Trabajo de Auditoría Interna | Comité de Auditoría | Anual último trimestre | ? | |||||||||||||
17 | Capitulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 | Encargado de la Función Actuarial | Informe de la Función Actuarial | Consejo de Administración Director General |
Anual durante el primer Cuatrimestre | ? | |||||||||||||
18 | Capítulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 y 38.1.3 fracción IX Anexo 38.1.3 | Encargado de la Función Actuarial Dir. Financiero |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Copia digitalizada del Informe de la Función Actuarial) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | 6 | |||||||||||||
19 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.8 Anexo 3.7.4, 3.7.6 y 3.7.7 |
Dir. Administrativo | Evaluación al cumplimiento para la acreditación de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios | Director General y Comité de Auditoría | Anual | 31 | |||||||||||||
20 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.10 y 38.1.2 fracción II Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Nombramiento de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
21 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción I | Comité de Auditoría | Proponer el Sistema de Contraloría Interna y sus actualizaciones | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
22 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción II | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Interno | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
23 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción III | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Externo Independiente y servicios adicionales | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | ? | |||||||||||||
24 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IV | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario Independiente que dictamine las Reservas Técnicas | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | ? | |||||||||||||
25 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción V , 7.2.2 | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario que realice la Prueba de Solvencia Dinámica | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ? | |||||||||||||
26 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VI | Comité de Auditoría | Proponer la designación del experto independiente que opine sobre el modelo interno para el calculo del RCS | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
27 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VII | Comité de Auditoría | Aprobación de los Planes de Regularización y su seguimiento | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
28 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VIII y 3.8.4 fracción XIII | Comité de Auditoría | Proponer para aprobación el Código de Conducta y sus modificaciones | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | ? | |||||||||||||
29 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IX | Comité de Auditoría | Proponer los cambios a las Políticas Contables | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
30 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción X | Comité de Auditoría | Proponer las normas que regirán el funcionamiento del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
31 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción I y 3.4.3 fracción XIV | Comité de Auditoría | Aprobar el programa anual de Auditoría Interna | Anual último trimestre | ? | ||||||||||||||
32 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción V | Comité de Auditoría | Informe de situación que guarda el Sistema de Gobierno Corporativo | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | ? | |||||||||||||
33 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción VI | Comité de Auditoría | Informe de irregularidades importantes detectadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
34 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción XIV | Comité de Auditoría | Informe del desempeño de actividades del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
35 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.7 y 38.1.2 fracción III Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Auditoría) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
36 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.2 fracción III | Dir. Financiero | Informe de actividades del Comité de Inversiones | Consejo de Administración Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
37 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.3 | Dir. Financiero | Sesiones del Comité de Inversiones | Mensualmente | |||||||||||||||
38 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.5 y 38.1.2 fracción IV Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
39 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposiciones 3.10.2 fracción III inciso c, 9.3.4 |
Dir. Técnico | Proponer los límites máximos de retención | Consejo de Administración | Anual durante el último trimestre | ? | |||||||||||||
40 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción III inciso f |
Dir. Técnico | Revisión del Manual de reafianzamiento | Consejo de Administración | Cuando menos una vez al año | ? | |||||||||||||
41 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VI | Dir. Técnico | Informe del Comité de Reafianzamiento | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
42 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VII | Dir. Técnico | Informe de contratos de reafianzamiento que no se ajustan al principio de proporcionalidad | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
43 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.4 | Dir. Técnico | Sesiones del comité de Reafianzamiento | Interno | Cuando menos trimestralmente | ||||||||||||||
44 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.5 y 38.1.3 fracción IV Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Manual de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
45 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.7 y 38.1.2 fracción V | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
46 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.6 fracción II inciso d |
Dir. Técnico | Revisión al Manual de Suscripción | Interno | Cuando menos una vez al año | ? | |||||||||||||
47 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.6 fracción VI | Dir. Técnico | Informe del Comité de Suscripción | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
48 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.9 | Dir. Comercial | Sesiones del Comité de Suscripción | Interno | Cuando menos mensualmente | ||||||||||||||
49 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.11 y 38.1.2 fracción VI Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Suscripción ) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
TITULO 4 DE LOS PRODUCTOS DE SEGUROS Y DE LAS NOTAS TÉCNICAS Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL DE FIANZAS | ||||||||||||||||||||
50 | Capítulo 4.2 Del Registro de Notas Técnicas y Documentación Contractual de Fianzas | Disposición 4.2.5 fracción I, II y III | Dir. Técnico | Registro de Notas Técnicas, Documentación contractual y Dictamen jurídico | CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
51 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.1 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir fianzas | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
52 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.3 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Cambio o Modificación al registro de firmas para suscribir fianzas | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio, alta o baja de funcionarios y representantes | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 5 DE LAS RESERVAS TECNICAS | ||||||||||||||||||||
53 | Capítulo 5.16 De la constitución, incremento, valuación y registro de la reserva de contingencia de fianzas | Disposición 5.16.3 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización para disponer de la reserva de contingencia de fianzas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
54 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.3 y 31.1.1 | Dir. Técnico | Aviso de cambio o modificación del Actuario certificado que firma la valuación de las reservas técnicas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
55 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.5 y 38.1.4 fracción I incisos e y g Anexo 38.1.4 |
Dir. Técnico | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Valuación de Reservas Técnicas e importes recuperables de Reaseguro, documentos suscritos por actuario) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
56 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.5 y 38.1.4 fracción I segundo inciso a Anexo 38.1.4 |
Dir. Técnico | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Los detalles de valuación póliza por póliza de la reserva de fianzas en vigor así como de los importes recuperables) | CNSF a través del SEIVE | Anual dentro de los 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | ||||||||||||
57 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.2 Anexo 6.1.2 |
Dir. Financiero | Actualización del Capital Mínimo Pagado | Interno | Anual antes del 30 de junio | 28 | |||||||||||||
58 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.5 | Dir. Financiero | El monto del Capital Mínimo que deberá contar la institución tendrá que estar suscrito y pagado | Interno | A más tardar el último día del año | Hábil | 31 | ||||||||||||
59 | Capítulo 6.2 De la Fórmula General para el cálculo del RCS | Disposición 6.2.1 Anexo 6.10.6. Art. 233 y 236 de la LISF |
Función Actuarial Dir. Técnico Dir. Financiero |
Calcular el Requerimiento de Capital de Solvencia de conformidad con la fórmula general | Interno | Mensual | ||||||||||||||
60 | Capítulo 6.9 De los modelos internos para el cálculo del RCS | Disposición 6.9.9 | Dir. Técnico | Autorización para el uso de Modelo Interno para el cálculo del RCS | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
61 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.1 y 38.1.8 fracción I inciso e Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros(Capital Mínimo Pagado) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
62 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.2 y 38.1.5 Anexo 38.1.5 |
Dir. Financiero Encargado de la Función Actuarial | RR-4 Reporte Regulatorio sobre Requerimientos de Capital (Requerimientos de Capital) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
63 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.3 | Dir. Técnico | Presentar la demostración de equivalencia del Modelo Interno una vez que se haya autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | |||||||||||||
64 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.4 | Dir. Técnico | Presentar la opinión favorable del experto independiente una vez que el Modelo Interno haya sido autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | |||||||||||||
65 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.5 | Dir. Técnico | Informar las modificaciones a la Política de ajustes a sus Modelos Internos cuando se cuente con la autorización para el empleo del modelo | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 10 días siguientes a la modificación aprobada por el consejo | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 7 DE LOS FONDOS PROPIOS ADMISIBLES Y LA PRUEBA DE SOLVENCIA DINÁMICA | ||||||||||||||||||||
66 | Capítulo 7.2 De la Prueba de Solvencia Dinámica | Disposición 7.2.4 fracción I Transitoria décima segunda fracción V | Encargado de la Función Actuarial | Prueba de solvencia dinámica | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 28 | |||||||||||||
67 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposición 7.4.1 y 38.1.8 fracción I inciso f | Contralor Genera | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Fondos Propios Admisibles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
68 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposiciones 7.4.2, 7.4.3 y 38.1.3 fracción V Anexo 38.1.3 Artículo 245 LISF Transitoria décima segunda fracción V |
Dir. Financiero Encargado de la Función Actuarial | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Prueba de Solvencia Dinámica) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
TITULO 8 DE LAS INVERSIONES Y OTROS ACTIVOS | ||||||||||||||||||||
69 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposición 8.5.2 | Dir. Administrativo | Deberán practicarse avalúos a los inmuebles de la institución | Interno | Anualmente a partir de la fecha del último avalúo realizado | ||||||||||||||
70 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposiciones 8.5.8, 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero Dir. Administrativo |
RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Presentar copia de los avalúos de los inmuebles, contratos de arrendamiento, renovaciones o modificaciones a los mismos) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
71 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.6 | Administración de Riesgos | Revisión del Manual de crédito | Consejo de Administración | Al menos una vez al año | ? | |||||||||||||
72 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.7 | Dir. Administrativo Dir. Financiero | Reporte de desempeño de la actividad crediticia | Consejo de Administración | Anual | ? | |||||||||||||
73 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.20 | Dir. Administrativo Dir. Financiero | Informe de la actividad crediticia | Consejo, Comité de Auditoría y Área de Administración de Riesgos | Cuando menos trimestralmente en las sesiones del consejo | ? | ? | ? | ? | ||||||||||
74 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.25 | Administración de Riesgos | Informe de reservas preventivas | Dirección General | Mensual | ||||||||||||||
75 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.30 | Auditor Interno | Auditoría de crédito | Consejo Admón. y Comité de Auditoría | Anual | ? | |||||||||||||
76 | Capítulo 8.15 De la inversión en otras sociedades | Disposiciones 8.15.6, 8.15.9 Anexos 8.15.6-a y 8.15.9 |
Dir. Jurídico | Autorización para la inversión en otras sociedades | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
77 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 y 38.1.3 fracción VI Anexo 38.1.3 Artículo 247 LISF |
Dir. Financiero | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Acuerdo de aprobación de la Política de Inversión y la política aprobada) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 6 | ||||||||||||
78 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 | Dir. Financiero | Notificación de modificaciones a la política de Inversión | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra- 20 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | |||||||||||||
79 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.2 y 38.1.8 fracción I inciso c Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Parámetros de la Política de Inversión) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
80 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.3 y 38.1.8 fracción I inciso d Anexo 38.1.8 Artículo 250 LISF |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Determinación de la Base de Inversión e información de los activos e inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
81 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.4 y 38.1.6 fracción I Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
82 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones- casos especiales como inversiones con rendimiento real, redescuentos, créditos e inmuebles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
83 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposiciones 8.23.6, 8.19.4 y 38.1.6 fracción III Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Contratos Celebrados con Entidades Financieras) | CNSF a través del SEIVE | Por única vez cuando se suscriban o tenga modificaciones en el trimestre que corresponda. 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio |
Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
TITULO 9 DEL REASEGURO, REAFIANZAMIENTO Y OTROS MECANISMOS DE TRANSFERENCIA DE RIESGOS Y RESPONSABILIDADES | ||||||||||||||||||||
84 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Comité de Reafianzamiento | Revisión a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | Consejo de Administración | Anualmente dentro de los 12 meses siguientes a su aprobación o última revisión | 21 | |||||||||||||
85 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Dir. Técnico | Informe de modificaciones a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
86 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.5 | Dir. Técnico | Informe de ajustes a los límites máximos de retención | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
87 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.10 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización de exceso a los límites máximos de retención | CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
88 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.1, 9.7.4 y 38.1.7 fracción III inciso a Anexo 38.1.7 |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Límites Máximos de Retención) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | ||||||||||||
89 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposición 9.7.5 Anexo 9.7.5 |
Dir. Técnico | Modificaciones a la Metodología para la determinación del Límite de Acumulación de responsabilidad por Fiado | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | 18 | ||||||||||||
90 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.6 y 38.1.7, fracción I inciso c Anexo 38.1.7 |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Cúmulos de Responsabilidades por Fianza, por Fiado o Grupo de Fiados) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 | 23 | 29 | 21 | |||||||||
91 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción I, 38.1.7 fracción III inciso c Anexo 38.1.7 Articulo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Plan General de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | ||||||||||||
92 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción II, 38.1.7 fracción I inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Reporte Trimestral de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 | 23 | 29 | 21 | |||||||||
93 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.8 y 38.1.7 fracción II inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Soporte Documental de Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 30 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 18 | 15 | 9 | 11 | |||||||||
94 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.10 y 38.1.7 fracción I inciso b Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Operaciones realizadas con Reaseguradoras Extranjeras y con entidades no inscritas en RGRE) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 | 23 | 29 | 21 | |||||||||
95 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.11 y 38.1.3 fracción VII Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Reporte de Contratos de Reafianzamiento correspondiente a operaciones de reaseguro financiero) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 6 | ||||||||||||
TITULO 10 DE LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y OTROS TITULOS DE CRÉDITO | ||||||||||||||||||||
96 | Capítulo 10.1 De la emisión de obligaciones subordinadas | Disposición 10.1.1 | Dir. Financiero | Obligaciones Subordinadas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
97 | Capítulo 10.2 De la emisión de otros títulos de crédito | Disposición 10.2 | Dir. Financiero | Autorización para la emisión de Otros Títulos de Crédito | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
98 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.4 | Dir. Financiero | Información a presentar para hacer constar la declaración unilateral de voluntades | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra al menos con 20 días de anticipación a la fecha que se pretenda emitir los títulos | Hábiles | |||||||||||||
99 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.5 | Dir. Financiero | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra Sesión de consejo posterior a la colocación | ||||||||||||||
100 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.6 | Dir. Financiero | Reporte de evolución de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Anual cuando ocurra | ||||||||||||||
101 | Capítulo 10.4 De los límites en la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.4.2 | Dir. Financiero | Notificar cuando los pagos por concepto de amortización e intereses de la totalidad de las obligaciones subordinadas no susceptibles de convertirse en acciones y de otros títulos de crédito emitidos por una Institución, excedan en un año calendario el 5% de los Fondos Propios Admisibles | CNSF - Oficialía de partes | Dentro de los 30 días posteriores al cierre del año | Naturales | |||||||||||||
102 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.2 | Dir. Financiero | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha en que se efectúe la colocación | Hábiles | |||||||||||||
103 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.3 | Dir. Financiero | Cambio en la calificación de las emisiones de obligaciones subordinadas u otros títulos de crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 5 días a partir de que ocurra el cambio | Hábiles | |||||||||||||
104 | Capítulo 10.6 De la operación de líneas de crédito | Disposición 10.6.4 | Dir. Financiero | Informe para disponer de líneas de Crédito en cuentas de cheques destinadas a cubrir sobregiros | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días posteriores a la fecha de celebración del convenio | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 11 DE LAS GARANTIAS DE RECUPERACIÓN | ||||||||||||||||||||
105 | Capítulo 11.5 De la información y comprobación respecto de reclamaciones judiciales y extrajudiciales recibidas, así como respecto de las garantías recabadas | Disposiciones 11.5.1 y 38.1.8 fracción I inciso b Anexo 22.1.2 inciso r (B-18)(19) Formatos I y II |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 26 | 21 | |||||||||
106 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.2 Anexo 11.7.2 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir las constancias de Tildación | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Anual, los primeros 10 días del mes de febrero | Hábiles | 15 | ||||||||||||
107 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.3 | Dir. Técnico | Alta o baja de firmas de funcionarios que suscriban las constancias para tildación | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 12 DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS Y DE LAS OPERACIONES CON ENTIDADES RELACIONADAS | ||||||||||||||||||||
108 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.2 | Dir. Administrativo | Aprobar la celebración de operaciones relevantes con entidades relacionadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra | ||||||||||||||
109 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.8 | Dir. Financiero | Informar el resultado del estudio de precios de transferencia | Comité de Auditoría | En la sesión inmediata siguiente a la fecha en que reciba el estudio | ||||||||||||||
110 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.9 | Comité de Auditoría | Informe sobre diferencias en los precios o montos de contra prestación pactados | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra plazo no mayor a 5 días contados a partir de recepción del estudio | Hábiles | |||||||||||||
111 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.10 | Dir. Financiero | Presentación de los contratos celebrados con entidades relacionadas o personas morales con las cuales se mantengan vínculos de negocio | Comité de Auditoría | Cuando ocurra, previo a la formalización | ||||||||||||||
112 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.13 | Dir. Financiero | Informe de operaciones de transferencia que impliquen transferencia de riesgo con importancia relativa | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra dentro de los 20 días siguientes a la fecha de celebración de las operaciones | Hábiles | |||||||||||||
113 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.14 Anexo 12.3.5 |
Dir. Financiero | Estudio Anual de Precios de Transferencia | CNSF a través del SEIVE | Anual durante el 1er trimestre | ||||||||||||||
114 | Capítulo 12.3 De la información y comprobación respecto de la contratación de servicios con terceros y de las operaciones con entidades relacionadas | Disposiciones 12.3.2 y 38.1.10 fracción I Anexo 38.1.10 |
Dir. Administrativo | RR-9 Reporte Regulatorio sobre Operaciones Contratadas con Terceros (Informe de las contrataciones de servicios con terceros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre | Hábiles | 25 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
TITULO 13 DE LA INFORMACIÓN DE APERTURA, CAMBIO DE UBICACIÓN Y CLAUSURA DE OFICINAS | ||||||||||||||||||||
115 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.1 Anexo 13.1.1 |
Dir. Administrativo | Aviso de apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días de anticipación a la apertura, cambio o clausura de oficinas | Hábiles | |||||||||||||
116 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.2 | Dir. Administrativo | Aviso al Público en General de la apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | Diario de circulación nacional | Cuando ocurra 30 días de anticipación al cambio. (Dos publicaciones con 15 días entre la primera y la segunda) | Naturales | |||||||||||||
117 | Capítulo 13.2 De los días en que podrán cerrar y suspender operaciones las instituciones | Disposición 13.2.1 Anexo13.2.1 |
Los días en que la institución podrá cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 | 4 | 18 | 18, 19 | 1 | 16 | 18 | 25 | |||||||||
118 | Capítulo 13.3 Del periodo vacacional del personal de la Comisión | Disposición 13.3.1 Anexo 13.3.1 |
Periodo vacacional del personal de la Comisión | 2, 3, 4, |
||||||||||||||||
119 | Capítulo 13.4 De los días inhábiles por situaciones de contingencia | Disposición 13.4.1 Anexo 13.4.1 |
Los días inhábiles por situaciones de contingencia | |||||||||||||||||
TITULO 22 DE LA CONTABILIDAD Y LOS ESTADOS FINANCIEROS | ||||||||||||||||||||
120 | Capítulo 22.1 De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos | Disposición 22.1.2 Anexo 22.1.2 inciso g (B-7) inciso 6 |
Dir. Técnico | Informar las fianzas reclamadas y pagadas que tengan reafianzamiento ya sea tomado o cedido | Instituciones reafianzadoras | Cuando ocurra no excederá de 20 días, contado a partir de la fecha de contabilización | Hábiles | |||||||||||||
121 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.2 | Dir. Financiero | Aprobación de la contratación del Proveedor de precios | Consejo de Administración | Cuando ocurra | ||||||||||||||
122 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposiciones 22.2.3 y 38.1.2 fracción VIII Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Proveedor de Precios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 | 23 | 26 | 21 | |||||||||
123 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.3 | Dir. Financiero | Cambio de Proveedor de Precios | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días de anticipación a la celebración del contrato | Hábiles | |||||||||||||
124 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.5 | Dir. Financiero | Informar en caso de que se tenga objeción a los precios que determine el proveedor de precios contratado | Proveedor de precios CNSF |
Cuando ocurra | ||||||||||||||
125 | Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los libros, registro y documentación de contabilidad | Disposición 22.3.13 | Dir. Administrativo | Pérdida, destrucción o robo de los libros, registros o auxiliares de cualquier tipo | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días a partir de que se tenga conocimiento | Hábiles | |||||||||||||
126 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposiciones 22.4.1 y 38.1.8 fracción I incisos a y b Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Esquema General de los Estados Financieros: Catálogo, Reportes de consolidación, Reportes relativos a los conceptos que integran los estados financieros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, excepto el cuarto que debe presentarse dentro de 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
127 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposición 22.4.2 Anexo 22.4.2 |
Dir. Financiero | Procedimiento de Prorrateo | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 30 de noviembre de cada año | 29 | |||||||||||||
TITULO 23 DE LOS DICTÁMENES E INFORMES DE LOS AUDITORES EXTERNOS Y ACTUARIOS INDEPENDIENTES | ||||||||||||||||||||
128 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.2 y 38.1.2 fracción IX Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Dir. Financiero | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Auditor Externo Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del tercer trimestre | Hábiles | 28 | ||||||||||||
129 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.3 Anexo 23.1.3 |
Dir. Financiero | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Auditor Externo Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Octubre | 31 | |||||||||||||
130 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.4 | Dir. Financiero | Sustitución de la sociedad de Auditoría Externa | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación por el consejo | Hábiles | |||||||||||||
131 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.6 Anexo 23.1.6 |
Dir. Financiero | Servicios adicionales de Auditoría Externa | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | |||||||||||||
132 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.8 Anexo 23.1.8 |
Dir. Financiero | Programa de Auditoría del Auditor Externo independiente | CNSF a través del SEIVE (presenta el Auditor Externo) | Anual, a más tardar el 31 de Octubre | 31 | |||||||||||||
133 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.10 | Dir. Financiero | Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
134 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.11 | Dir. Financiero | Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
134 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.14 y 38.1.8 fracción II inciso a Anexos 23.1.14 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Corto) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | ||||||||||||
136 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.15 y 38.1.8 fracción III inciso a Anexos 23.1.15 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Largo y la opinión sobre información complementaria) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
137 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.16 y 38.1.8 fracción III inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe sobre otras Opiniones y Comunicados) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
138 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.1, 23.2.2, 38.1.2 fracción X Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Dir. Técnico | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Actuario Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual- 20 días siguientes al cierre del segundo trimestre | Hábiles | 26 | ||||||||||||
139 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.3 y 23.2.8 Anexo 23.2.3 |
Dir. Técnico | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Julio | 31 | |||||||||||||
140 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.4 | Dir. Técnico | Sustitución del Actuario Independiente | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación | Hábiles | |||||||||||||
141 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.6 Anexo 23.2.6 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
Servicios adicionales del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | |||||||||||||
142 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.8 Anexo 23.2.8 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
Programa de Actividades del actuario independiente | CNSF a través del SEIVE | A más tardar el 31 de julio de cada año | 31 | |||||||||||||
143 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.12 | Dir. Financiero Dir. Técnico |
Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
144 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.14 | Dir. Financiero Dir. Técnico |
Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
145 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.17 y 38.1.8 fracción II inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Carta dictamen sobre la situación y suficiencia de las Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | ||||||||||||
146 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.18 y 38.1.8 fracción III inciso c Anexo 23.2.18 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe del Dictamen de Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
147 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.19 | Dir. Técnico | Carta Dictamen e Informe del Dictamen de Reservas Técnicas | Comité de Auditoría | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 1 | ||||||||||||
TITULO 24 DE LA REVELACION DE INFORMACION | ||||||||||||||||||||
148 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.4 | Dir. Financiero | Calificación de calidad crediticia de SOFIMEX | Institución Calificadora de Valores | No podrá tener una antigüedad superior a doce meses | 21 | |||||||||||||
149 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.4 y 38.1.8 fracción III inciso h Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte regulatorio sobre Estados Financieros (Copia de los documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
150 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.6 | Dir. Financiero | Aprobación de los Estados Financieros Básicos Consolidados, Notas de Revelación y Reporte de Solvencia y Condición Financiera | Consejo de Administración y Director General | Anual | ||||||||||||||
151 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.5 y 24.2.1 Anexo 24.2.2 |
Dir. Financiero | Difusión del Reporte sobre la Solvencia y Condición Financiera (RSCF) | Página Electrónica de Sofimex | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
152 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 | Dir. Financiero | Publicación del Balance General y Estado de Resultados consolidados | Diario de Circulación Nacional | Trimestral 20 días siguientes a la fecha de elaboración | Hábiles | 1 | 30 | 26 | 28 | |||||||||
153 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 y 24.1.8 | Dir. Financiero | Publicación anual del Balance General y Estado de Resultados consolidados y demás información | Diario de Circulación Nacional | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 12 | ||||||||||||
154 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.8 fracción IV | Dir. Financiero | Informar al público en general respecto del cambio de dominio de la página electrónica de SOFIMEX | Diario de Circulación Nacional | Cuando ocurra 15 días siguientes al cambio | Hábiles | |||||||||||||
155 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.9 fracciones I a V y 38.1.8 fracción III incisos del d al h Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Publicación en DOF, copia de los estados básicos consolidados anuales y sus notas, copia certificada de aprobación de los estados financieros, el RSCF, documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 21 | ||||||||||||
156 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.9. fracción VI | Dir. Financiero | Presentar los Estados Financieros Básicos Consolidados anuales y sus notas de revelación | CNSF Oficialía de partes | Anual dentro de los 30 días siguientes a la aprobación por parte de la asamblea de accionistas | Hábiles | ? | ||||||||||||
157 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.10 | Dir. Financiero | Corrección de información de estados financieros, notas de revelación y RCSF. Sustitución de RR-7 | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la notificación de la CNSF | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 26 DE LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA | ||||||||||||||||||||
158 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción I, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXII Anexo 38.1.9-w |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESAF para la Operación Afianzadora) | CNSF a través del SEIVE | Anual 29 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 15 | ||||||||||||
159 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción II, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXIII Anexo 38.1.9-x |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística resumen trimestral (SESAF de Información Estadística resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral dentro de los 22 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 6 | 3 | 30 | 30 | |||||||||
160 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción III, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXV Anexo 38.1.9-z |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística comportamiento resumen trimestral (SESAF de Información del Comportamiento resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 | 23 | 19 | 21 | |||||||||
TITULO 27 DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 492 DE LA LISF | ||||||||||||||||||||
161 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Relevantes | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 10 días posteriores al trimestre | Hábiles | 18 | 12 | 12 | 14 | |||||||||
162 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Inusuales | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | |||||||||||||
163 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Preocupantes | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | |||||||||||||
164 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción III Anexo 27.1.1-c |
Dir. Administrativo | Ratificación y/o cambios en la integración del Comité de Comunicación y Control | CNSF a través del SEIVE | Anual primeros 15 días de enero | Hábiles | 25 | ||||||||||||
165 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1 fracción V Anexo 27.1.1-e |
Dir. Administrativo | Designación del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | |||||||||||||
166 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción I Anexo 27.1.2-a |
Dir. Administrativo | Sustitución del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | |||||||||||||
167 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción II Anexo 27.1.2-b |
Dir. Administrativo | Presentar las Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente y criterios para dar cumplimiento al artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 20 días siguientes a la aprobación del comité | Hábiles | |||||||||||||
168 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción III Anexo 27.1.2-c |
Dir. Administrativo | Informe del Programa anual de cursos de capacitación | CNSF a través del SEIVE | Anual 15 días de enero | Hábiles | 25 | ||||||||||||
169 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción IV Anexo 27.1.2-d |
Dir. Administrativo | Informe de resultados de revisión al cumplimiento del artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Anual 60 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 1 | ||||||||||||
TITULO 28 DE LOS PLANES DE REGULARIZACION Y LOS PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN | ||||||||||||||||||||
170 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposiciones 28.1.1, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-a Anexo 39.5.16-b |
Áreas de la Institución | Presentar los Planes de Regularización | Director General Comisión – SIPREP y la Oficialía de Partes | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y en un plazo máximo de 5 días posteriores a la Oficialía de Partes | Hábiles | |||||||||||||
171 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposición 28.1.3 | Comité de Auditoría | Publicación de incumplimiento de Planes de Regularización que ordene la CNSF | Diario Oficial, Dos diarios de circulación nacional, Pagina electrónica de Sofimex | Cuando ocurra 10 días siguientes a la recepción de la orden de la CNSF | Hábiles | |||||||||||||
172 | Capítulo 28.2 De los programas de autocorrección | Disposiciones 28.2.1, 28.2.2, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-c |
Comité de Auditoría Áreas de la Institución |
Presentar los Programas de Autocorrección | Consejo de Administración, Director General y Comisión - Oficialía de partes y el SIPREP | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y a la Oficialía de Partes en un plazo máximo de 5 días posteriores | Hábiles | |||||||||||||
173 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.1 | Comité de Auditoría | Seguimiento a los Planes de Regularización | Consejo de Administración, Director General y Comisión Oficialía de partes | Mensual 10 días siguientes al cierre de cada mes | Hábiles | |||||||||||||
174 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe al vencimiento del Plan de Regularización | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del plan | Hábiles | |||||||||||||
175 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe de conclusión del Programa de Autocorrección | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del programa | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 30 DE LOS AUDITORES EXTERNOS, ACTUARIOS Y DICTAMINADORES JURÍDICOS | ||||||||||||||||||||
176 | Capítulo 30.1 Del Registro de los Auditores Externos Independientes que dictaminen estados financieros básicos | Disposición 30.1.3 | Dir. Financiero | Sustitución de auditor externo independiente por transcurrir el límite de 5 años consecutivos RR-1 | CNSF a través de SEIVE | Quinquenal | ||||||||||||||
177 | Capítulo 30.2 Del Registro de los Actuarios Independientes que dictaminen sobre la situación y suficiencia de las reservas técnicas | Disposiciones 30.2.3 | Dir. Técnico | Sustitución del actuario independiente por transcurrir el límite de 5 años consecutivos RR-1 | CNSF a través del SEIVE | Quinquenal | ||||||||||||||
178 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.5 Anexo 30.6.4 |
Subdirector Jurídico | Registro del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | ||||||||||||||
179 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.7 | Subdirector Jurídico | Actualización de datos del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra 5 días siguientes a la modificación | Hábiles | |||||||||||||
180 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.6 Anexo 30.6.6 | Subdirector Jurídico | Presentar la solicitud de renovación para la acreditación del Dictaminador Jurídico | CNSF a través del Sistema de citas y Registro de personas | Cada tres años | ||||||||||||||
TITULO 39 DE LOS MECANISMOS DE ENTREGA DE INFORMACIÓN | ||||||||||||||||||||
181 | Capítulo 39.1 De los aspectos generales | Disposición 39.1.5 Anexos 39.1.5-a y 39.1.5-b |
Dir. Financiero | Trámite del registro para el uso de los medios de identificación electrónica para el SEIVE | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | ||||||||||||||
182 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.2 fracción IV | Dir. Administrativo | Requerimientos relacionados con información 492 de la LISF | CNSF-Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
183 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.3 Anexo 39.5.2-b Anexo 39.5.3-a o Anexo 39.5.3-b |
Dir. Administrativo | Sustitución, baja o designaciones adicionales de personas para acceder a SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
184 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.4 Anexo 39.5.2-c Anexo 39.5.4-a o Anexo 39.5.4-b |
Dir. Administrativo | Designación, sustitución y desautorización de personas designadas para acceso sólo de lectura al SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
185 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.5 Anexo 39.5.2-d |
Dir. Administrativo | Escrito en caso de sustitución del oficial de Cumplimiento | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS | ||||||||||||||||||||
186 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 295 fracción X | Dir. Administrativo | Escrito de renovación cuando sea imposible efectuar oportunamente la venta de bienes adjudicados | CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
187 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Presentar para aprobación el instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | CNSF | Cuando ocurra - En un plazo de noventa días contado a partir de la notificación de autorización por parte de la CNSF | ||||||||||||||
188 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Solicitar dictamen favorable para iniciar operaciones | CNSF | Cuando ocurra - Dentro de un plazo de ciento ochenta días contado a partir de la aprobación del instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | ||||||||||||||
189 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Publicar la autorización para organizarse y operar como Institución o sociedad mutualista | Diario Oficial de la Federación y dos periódicos de amplia circulación | Cuando ocurra - Dentro de los veinte días siguientes a la fecha de notificación de la autorización respectiva | ||||||||||||||
190 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 47 fracción V | Dir. Jurídico | Inscribir en el Registro Público de Comercio el dictamen favorable otorgado por la CNSF para inicio de operaciones | Registro Público de la Propiedad y el Comercio | Cuando ocurra - A más tardar a los treinta días posteriores a que les haya sido notificado el dictamen favorable para inicio de operaciones | ||||||||||||||
OTRAS LEYES Y DISPOSICIONES | ||||||||||||||||||||
191 | Manual de usuario SIPREP | Dir. Administrativo | Designación de Operador del SIPREP (Anexo I Carta de designación y Anexo II Formato de aceptación y responsabilidad) | CNSF - Dirección General de Tecnologías de la información | Cuando ocurra - en forma previa a la implementación del SIPREP | |||||||||||||||
192 | Ley Federal de Derechos | Artículo 31 | Contralor | Pago de derechos de inspección y vigilancia | SHCP | Bimestral - primeros quince días de cada bimestre | Naturales | 15 | 15 | 15 | 15 | 17 | 15 | |||||||
193 | Acuerdo por el que se señalan los días del 2019 en los que la CONDUSEF cerrará sus puertas y suspenderá operaciones | Los días en que se cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 al 4 | 4 | 18 | 18, 19 |
1 | 1, 16 |
18 | 12, 20 al 31 |
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194 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición Tercera | Gerente de Reclamaciones | Actualización de datos de la UNE y la Institución | A través del sistema REUNE | Cinco días siguientes al evento | Hábiles | |||||||||||||
195 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición sexta | Gerente de Reclamaciones | Informe trimestral | A través del sistema REUNE | Trimestral dentro de los 10 días siguientes al trimestre | Hábiles | 18 | 12 | 12 | 14 | |||||||||
196 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 172 | Dir. Administrativo | Informe general sobre la marcha de los negocios | Asamblea de Accionistas | Anual | ? | |||||||||||||
197 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 177 | Dir. Administrativo | Publicación del dictamen del Comisario | Asamblea de Accionistas | Anual, 15 días después de la celebración de la Asamblea de Accionistas | ? | |||||||||||||
198 | Ley del Impuesto sobre la Renta Ley del Impuesto al Valor Agregado |
Artículo 14 Artículo 5-D |
Dir. Financiero | Declaración provisional de ISR, IVA y declaración de impuestos retenidos | SAT | Mensual | 17 | 18 | 19 | 17 | 17 | 17 | 17 | 19 | 17 | 17 | 19 | 17 | ||
199 | Ley del Impuesto al Valor Agregado | Artículo 32 | Dir. Financiero | Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) | SAT | Mensual – el último día del mes siguiente al que corresponda | 31 | 28 | 29 | 30 | 31 | 28 | 31 | 30 | 30 | 31 | 29 | 31 | ||
200 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 9 | Dir. Financiero | Declaración anual de ISR | SAT | Anual - dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio | 29 | |||||||||||||
212 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 86 | Dir. Financiero | Declaración informativa de honorarios, arrendamiento, donativos, pago de dividendos | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | |||||||||||||
202 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 32 A Regla 2.13.12 RMF 15 |
Dir. Financiero | Dictamen Fiscal | SAT | Anual - 15 de Julio | 15 | |||||||||||||
203 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 28 | Dir. Financiero | Contabilidad electrónica - Catálogo de cuentas con código agrupador y Balanza de comprobación | SAT | Mensual | 31 | 28 | 29 | 30 | 31 | 28 | 31 | 30 | 30 | 31 | 29 | 31 | ||
204 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 143, a | Dir. Jurídico | Designar un apoderado para recibir requerimientos de pago y el domicilio para dicho efecto, así como los cambios que se produzcan | SHCP | Cuando ocurra - Con quince días de anticipación al cambio de domicilio o de apoderados | ||||||||||||||
205 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de IMSS | IMSS | Mensual | 17 | 18 | 19 | 17 | 17 | 17 | 17 | 19 | 17 | 17 | 19 | 17 | ||
206 | Ley del Infonavit | Artículo 35 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de Infonavit | IMSS | Bimestral | 17 | 19 | 17 | 17 | 17 | 19 | ||||||||
207 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal Afore | IMSS | Bimestral | 17 | 19 | 17 | 17 | 17 | 19 | ||||||||
208 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 118 | Gerente de R. Humanos | Declaración anual de sueldos y salarios | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | |||||||||||||
209 | Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización | Artículo 161 | Gerente de R. Humanos | Dictamen para efectos del Seguro Social | IMSS | Anual - a más tardar el 30 de septiembre | 30 | |||||||||||||
210 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Notificar del nuevo acto corporativo como: aumento de capital, cambio de denominación, funcionarios, de régimen, fusión, disolución, poder, reforma, etc. | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra. Una vez que hayan quedado inscritos en el registro público de comercio | ||||||||||||||
211 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Informar en caso de liquidación el nombramiento del liquidador | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra - dentro de los 3 días posteriores a la designación | Hábiles | |||||||||||||
212 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima sexta | Dir. Administrativo | Notificar actualizaciones como domicilio, teléfono, correo electrónico y página electrónica | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Dentro de los 3 días posteriores aquel en que se efectuó el cambio | Hábiles | |||||||||||||
213 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima séptima | Dir. Administrativo | Validación de los datos | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Anual - Primeros 10 días de los meses de enero, abril, julio y octubre | Hábiles | 18 | 12 | 12 | 14 | |||||||||
214 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo III Disposición séptima | Dir. Administrativo | Publicación permanente del logo y alcance del buro así como la información de la institución | Portal de Internet de Sofimex | Permanente | ||||||||||||||
215 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo IV Disposición décima | Dir. Administrativo | Actualización de la información comercial de Sofimex | CONDUSEF a través de la plataforma | Trimestral – 30 abril,30 julio, 30 octubre, 30 enero | 30 | 30 | 30 | 30 | ||||||||||
216 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo II Disposición Cuarta | Comité de Auditoría | Solicitud y proyecto de Programa de Autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
217 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Octava | Comité de Auditoría | Escrito en el que conste haber presentado el programa ante el Consejo o Comité de Auditoría | CONDUSEF | 20 días contados a partir de que se lleve a cabo la sesión | Naturales | |||||||||||||
218 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Décima | Comité de Auditoría | Solicitud de autorización para modificar el programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
219 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo IV Disposición Décima segunda | Comité de Auditoría | Informe sobre el seguimiento al programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
220 | Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 | Disposición 2.4.1 fracción VI | Dir. Financiero | Información relativa a la clave de RFC o CURP de los fiados por fianzas del ramo administrativo y crédito | SAT | Trimestral | 31 | 30 | 31 | 31 | ||||||||||
221 | Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al INFONAVIT | Artículo 65 | Gerente de R. Humanos | Dictamen sobre cumplimiento de obligaciones con el INFONAVIT | INFONAVIT | 6 meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen | ||||||||||||||
222 | Oficio 06-C00-22100-35778 | Gerente de Procesos | Reporte incidente de seguridad de la información | CNSF a través del correo: ciberseguridad@cnsf.gob.mx | 5 días siguientes a la ocurrencia | Naturales | ||||||||||||||
223 | Oficio CNSF-20042018 | Dir. Financiero | Cuota de derechos de Inspección y Vigilancia Inst. de Seguros | CNSF -Oficialía de Partes | A más tardar el día 15 del respectivo mes | Natural | 15 | 15 | 15 | 15 | 15 | 14 | 15 | 15 | 13 | 15 | 15 | 13 |
No. | Disposición Normativa | Obligaciones específicas para Caución | Responsable | Informe | Medio de envío y/o destinatario | Periodicidad | Días Calendario | E | F | M | A | M | J | J | A | S | O | N | D | |
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"CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (CUSF) Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre del 2014" |
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TITULO 2 DE LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES | ||||||||||||||||||||
1 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.2 Anexo 2.2.3-a |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición de más del 5% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
2 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.3 Anexo 2.2.3-b |
Dir. Administrativo | Autorización para adquisición del 20% o más de las acciones del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
3 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.8 Anexo 2.1.2-a |
Dir. Administrativo | Aviso de adquisición de más del 2% del Capital Social Pagado | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra - 3 Días después de la adquisición o transmisión | Hábiles | |||||||||||||
4 | Capítulo 2.2 De la adquisición y transmisión de acciones de instituciones, así como otorgamiento de garantía | Disposición 2.2.9 y 38.1.2 fracción I Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Propietarios de Acciones Representativas) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | |||||||||
5 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.1 | Dir. Administrativo | Autorización para la modificación a los Estatutos Sociales | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
6 | Capítulo 2.3 De la modificación de los estatutos sociales de las instituciones | Disposición 2.3.7 | Dir. Administrativo | Primer testimonio original y copia notarial de la escritura de protocolización del acta de la asamblea general correspondiente, así como permiso de la Secretaría de Economía | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra, después de la aprobación a la modificación de los estatutos | ||||||||||||||
TITULO 3 DEL GOBIERNO CORPORATIVO | ||||||||||||||||||||
7 | Capítulo 3.1 Del Sistema de Gobierno corporativo | Disposición 3.1.5 y 38.1.3 fracción I Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Comité de Auditoría |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Evaluación del Sistema de Gobierno Corporativo, copia certificada del acta en que fue aprobada, Manual del SGC y acta de aprobación del SGC) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
||||||||||||
8 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción II y 3.2.6 | Administración de Riesgos | Informe de la Autoevaluación de Riesgos y Solvencia Institucionales (ARSI) | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 28 |
|||||||||||||
9 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.5 fracción VII | Administración de Riesgos | Informe sobre exposición al riesgo | Consejo de Administración Director General |
Trimestral, en las sesión del Consejo de Administración | 27 |
23 |
24 |
23 | ||||||||||
10 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.9 y 38.1.3 fracción III Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (ARSI) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
||||||||||||
11 | Capítulo 3.2 De la Administración integral de riesgos | Disposición 3.2.11 y 38.1.3 fracción II Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Administración de Riesgos | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (El Manual de Administración de Riesgos) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
||||||||||||
12 | Capítulo 3.3. Del Control Interno | Disposición 3.3.8 | Control Interno | Reporte del Sistema de Contraloría Interna | Comité de Auditoría | Cuando menos semestralmente | 13 |
22 |
||||||||||||
13 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XI | Auditor Interno | Evaluación del desempeño de terceros contratados para la prestación de servicios | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Semestral en las sesiones del Consejo de Administración y del Comité de Auditoría | ||||||||||||||
14 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XII, 3.4.7 y 3.4.8 | Auditor Interno | Informe de la gestión de Auditoría Interna | Consejo de Administración Comité de Auditoría Director General |
Cuando menos semestralmente en la Sesión del Comité de Auditoría y del Consejo de Administración | 13 |
22 |
||||||||||||
15 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIII | Auditor Interno | Informe de seguimiento a deficiencias o desviaciones relevantes | Comité de Auditoría | Cuando ocurra en la Sesión del Comité de Auditoría | ||||||||||||||
16 | Capítulo 3.4 De la Auditoría Interna | Disposición 3.4.3 fracción XIV | Auditor Interno | Programa de Trabajo de Auditoría Interna | Comité de Auditoría | Anual último trimestre | 21 | |||||||||||||
17 | Capitulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 | Encargado de la Función Actuarial | Informe de la Función Actuarial | Consejo de Administración Director General |
Anual durante el primer Cuatrimestre | 23 |
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18 | Capítulo 3.5 De la Función Actuarial | Disposición 3.5.6 y 38.1.3 fracción IX Anexo 38.1.3 | Encargado de la Función Actuarial Dir. Financiero |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Copia digitalizada del Informe de la Función Actuarial) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | 2 |
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19 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.8 Anexo 3.7.4, 3.7.6 y 3.7.7 |
Dir. Administrativo | Evaluación al cumplimiento para la acreditación de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios | Director General y Comité de Auditoría | Anual | 31 |
|||||||||||||
20 | Capítulo 3.7 De los Consejeros y Funcionarios | Disposición 3.7.10 y 38.1.2 fracción II Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Nombramiento de Consejeros, Comisarios, Director General y Funcionarios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | |||||||||
21 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción I | Comité de Auditoría | Proponer el Sistema de Contraloría Interna y sus actualizaciones | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
22 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción II | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Interno | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | 23 |
|||||||||||||
23 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción III | Comité de Auditoría | Proponer la designación del Auditor Externo Independiente y servicios adicionales | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | 24 |
|||||||||||||
24 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IV | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario Independiente que dictamine las Reservas Técnicas | Consejo de Administración | Anual en la sesión del mes de julio del Consejo de Administración | 23 |
|||||||||||||
25 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción V , 7.2.2 | Comité de Auditoría | Proponer la designación de Actuario que realice la Prueba de Solvencia Dinámica | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | 23 |
|||||||||||||
26 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VI | Comité de Auditoría | Proponer la designación del experto independiente que opine sobre el modelo interno para el calculo del RCS | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
27 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VII | Comité de Auditoría | Aprobación de los Planes de Regularización y su seguimiento | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
28 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción VIII y 3.8.4 fracción XIII | Comité de Auditoría | Proponer para aprobación el Código de Conducta y sus modificaciones | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
|||||||||||||
29 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción IX | Comité de Auditoría | Proponer los cambios a las Políticas Contables | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
30 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.3 fracción X | Comité de Auditoría | Proponer las normas que regirán el funcionamiento del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
31 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción I y 3.4.3 fracción XIV | Comité de Auditoría | Aprobar el programa anual de Auditoría Interna | Anual último trimestre | 21 | ||||||||||||||
32 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción V | Comité de Auditoría | Informe de situación que guarda el Sistema de Gobierno Corporativo | Consejo de Administración | Anual cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
|||||||||||||
33 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción VI | Comité de Auditoría | Informe de irregularidades importantes detectadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
34 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.4 fracción XIV | Comité de Auditoría | Informe del desempeño de actividades del Comité de Auditoría | Consejo de Administración | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
23 |
24 |
23 | ||||||||||
35 | Capítulo 3.8 Del Comité de Auditoría | Disposición 3.8.7 y 38.1.2 fracción III Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Auditoría) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | |||||||||
36 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.2 fracción III | Dir. Financiero | Informe de actividades del Comité de Inversiones | Consejo de Administración Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
23 |
24 |
23 | ||||||||||
37 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.3 | Dir. Financiero | Sesiones del Comité de Inversiones | Mensualmente | |||||||||||||||
38 | Capítulo 3.9 Del Comité de Inversiones | Disposición 3.9.5 y 38.1.2 fracción IV Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | |||||||||
39 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposiciones 3.10.2 fracción III inciso c, 9.3.4 |
Dir. Técnico | Proponer los límites máximos de retención | Consejo de Administración | Anual durante el último trimestre | 23 | |||||||||||||
40 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción III inciso f |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico | Revisión del Manual de reafianzamiento y reaseguro | Consejo de Administración | Cuando menos una vez al año | 27 |
||||||||||||
41 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VI | Fianzas y Caución | Dir. Técnico | Informe del Comité de Reafianzamiento y Reaseguro | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
23 |
24 |
23 | |||||||||
42 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.2 fracción VII | Dir. Técnico | Informe de contratos de reafianzamiento que no se ajustan al principio de proporcionalidad | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra cuando sesione el Consejo de Administración | ||||||||||||||
43 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.4 | Fianzas y Caución | Dir. Técnico | Sesiones del comité de Reaseguro y Reafianzamiento | Interno | Cuando menos trimestralmente | |||||||||||||
44 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.5 y 38.1.3 fracción IV Anexo 38.1.3 |
Fianzas y Caución | Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Manual de Reaseguro y Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
|||||||||||
45 | Capítulo 3.10 Del Comité de Reaseguro | Disposición 3.10.7 y 38.1.2 fracción V Anexo 38.1.2 |
Fianzas y Caución | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Reaseguro y Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | ||||||||
46 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.3 fracción II inciso d, 3.11.6 fracción II inciso d |
Fianzas y Caución | Dir. Comercial Dir. Técnico |
Revisión al Manual de Suscripción de Fianzas y Seguros de Caución | Interno | Cuando menos una vez al año | 27 |
||||||||||||
47 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.3 fracción VI, 3.11.6 fracción VI | Fianzas y Caución | Dir. Comercial | Informe del Comité de Suscripción de Fianzas y Seguros de Caución | Consejo de Administración y Director General | Cuando menos trimestralmente cuando sesione el Consejo de Administración | 27 |
23 |
24 |
23 | |||||||||
48 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.7 y 3.11.9 | Fianzas y Caución | Dir. Comercial | Sesiones del Comité de Suscripción de Fianzas y Seguros de Caución | Interno | Cuando menos mensualmente | |||||||||||||
49 | Capítulo 3.11 Del Comité de Suscripción | Disposición 3.11.11 y 38.1.2 fracción VI Anexo 38.1.2 |
Fianzas y Caución | Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Integración del Comité de Suscripción de Fianzas y Seguros de Caución) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | ||||||||
TITULO 4 DE LOS PRODUCTOS DE SEGUROS Y DE LAS NOTAS TÉCNICAS Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL DE FIANZAS | ||||||||||||||||||||
50 | Capítulo 4.1 Del registro de Productos de Seguros | Disposición 4.1.5 fracción I, II Y III Capítulo 39.1 y 39.4 |
Caución | Dir. Técnico Encargado de la Función Actuarial | Registro de Notas Técnicas, Documentación contractual, Dictamen jurídico y Dictamen de congruencia | Página Web de la CNSF, Sistema de registro de documentos | Cuando ocurra | |||||||||||||
51 | Capítulo 4.1 Del registro de Productos de Seguros | Disposición 4.1.18 | Caución | Dir. Administrativo | Publicación de la documentación contractual de los productos de seguros | Portal de Internet de Sofimex | 20 días posteriores a la fecha de inicio de la venta del producto | Hábiles | 14 |
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52 | Capítulo 4.2 Del Registro de Notas Técnicas y Documentación Contractual de Fianzas | Disposición 4.2.5 fracción I, II y III | Dir. Técnico | Registro de Notas Técnicas, Documentación contractual y Dictamen jurídico | CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
53 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.1 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir fianzas | Sistema de Registro de firmas de la página web de la CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
54 | Capítulo 4.12 Del registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir fianzas | Disposición 4.12.3 Anexo 4.12.1 |
Dir. Técnico | Cambio o Modificación al registro de firmas para suscribir fianzas | Sistema de Registro de firmas de la página web de la CNSF | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio, alta o baja de funcionarios y representantes | Hábiles | 8 |
4 |
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TITULO 5 DE LAS RESERVAS TECNICAS | ||||||||||||||||||||
55 | Capítulo 5.3. Del método estatutario para la constitución de las reservas de riesgos en curso y para obligaciones pendientes de cumplir | Disposición 5.3.1 | Caución | Dir. Técnico Función Actuarial | Realizar los ajustes necesarios cuando la Comisión determine que el método actuarial no refleja el nivel que corresponde al valor medio de los flujos de obligaciones futuras que deben ser cubiertos por las reservas de riesgos en curso o para obligaciones pendientes de cumplir | Sistema de Registro de documentos de la página web de la CNSF | 30 días a partir de la notificación de la determinación | Naturales | ||||||||||||
56 | Capítulo 5.6 De la valuación, constitución e incremento de las reservas de riesgos catastróficos de las instituciones de seguros | Disposición 5.6.2 Anexo 5.6.2 | Caución | Dir. Técnico Función Actuarial | Presentación para su registro del método para la determinación de la pérdida máxima probable | CNSF Oficialía de partes | De manera previa a la utilización | |||||||||||||
57 | Capítulo 5.6 De la valuación, constitución e incremento de las reservas de riesgos catastróficos de las instituciones de seguros | Disposición 5.6.8 y 5.6.6 fracción V | Caución | Dir. Técnico Función Actuarial | Presentación de la solicitud de autorización para la afectación de las reservas catastróficas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurran los supuestos establecidos | |||||||||||||
58 | Capítulo 5.16 De la constitución, incremento, valuación y registro de la reserva de contingencia de fianzas | Disposición 5.16.3 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización para disponer de la reserva de contingencia de fianzas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
59 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.3 y 31.1.1 | Dir. Técnico | Aviso de cambio o modificación del Actuario certificado que firma la valuación de las reservas técnicas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
60 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.20.5 y 38.1.4 fracción I incisos a,b,c,d,e,g Anexo 38.1.4 |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico Encargado de la Función Actuarial | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Valuación de Reservas Técnicas y documentos suscritos por actuario) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | ||||||||
61 | Capítulo 5.20 De la información y comprobación respecto de la valuación de las reservas técnicas | Disposición 5.5.9, 5.20.5 y 38.1.4 fracción I segundo inciso a y b Anexo 38.1.4 |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico Encargado de la Función Actuarial | RR-3 Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (Los detalles de valuación póliza por póliza de las reservas de riesgos en curso y fianzas en vigor, importes recuperables, documentos y resultados de la prueba retrospectiva) | CNSF a través del SEIVE | Anual dentro de los 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
|||||||||||
TITULO 6 DE LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITAL | ||||||||||||||||||||
62 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.2 Anexo 6.1.2 |
Dir. Financiero | Actualización del Capital Mínimo Pagado | Interno | Anual antes del 30 de junio | 28 |
|||||||||||||
63 | Capítulo 6.1 Del Capital Mínimo Pagado | Disposición 6.1.5 | Dir. Financiero | El monto del Capital Mínimo que deberá contar la institución tendrá que estar suscrito y pagado | Interno | A más tardar el último día del año | Hábil | 31 | ||||||||||||
64 | Capítulo 6.2 De la Fórmula General para el cálculo del RCS | Disposición 6.2.1 Anexo 6.10.6. Art. 233 y 236 de la LISF |
Función Actuarial Dir. Técnico Dir. Financiero |
Calcular el Requerimiento de Capital de Solvencia de conformidad con la fórmula general | Interno | Mensual | ||||||||||||||
65 | Capítulo 6.9 De los modelos internos para el cálculo del RCS | Disposición 6.9.9 | Dir. Técnico | Autorización para el uso de Modelo Interno para el cálculo del RCS | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
66 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.1 y 38.1.8 fracción I inciso d Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros(Capital Mínimo Pagado) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
23 |
21 | |||||||||
67 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.2 y 38.1.5 Anexo 38.1.5 |
Dir. Financiero Encargado de la Función Actuarial | RR-4 Reporte Regulatorio sobre Requerimientos de Capital (Requerimientos de Capital de Solvencia) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
68 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.3 | Dir. Técnico | Presentar la demostración de equivalencia del Modelo Interno una vez que se haya autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | |||||||||||||
69 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.4 | Dir. Técnico | Presentar la opinión favorable del experto independiente una vez que el Modelo Interno haya sido autorizado | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 40 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | |||||||||||||
70 | Capítulo 6.10 De la información y comprobación respecto del capital mínimo pagado y el RCS | Disposición 6.10.5 | Dir. Técnico | Informar las modificaciones a la Política de ajustes a sus Modelos Internos cuando se cuente con la autorización para el empleo del modelo | CNSF Oficialía de partes | Dentro de los 10 días siguientes a la modificación aprobada por el consejo | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 7 DE LOS FONDOS PROPIOS ADMISIBLES Y LA PRUEBA DE SOLVENCIA DINÁMICA | ||||||||||||||||||||
71 | Capítulo 7.2 De la Prueba de Solvencia Dinámica | Disposición 7.2.4 fracción I y 3.2.5 fracción II | Encargado de la Función Actuarial | Prueba de solvencia dinámica | Consejo de Administración | Anual Primer semestre del ejercicio inmediato siguiente al evaluado | 28 |
|||||||||||||
72 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposición 7.4.1 y 38.1.8 fracción I inciso e | Contralor Genera | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Fondos Propios Admisibles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
23 |
21 | |||||||||
73 | Capítulo 7.4 De la información y comprobación respecto de los fondos propios admisibles y la prueba de solvencia dinámica | Disposiciones 7.4.2, 7.4.3 y 38.1.3 fracción V Anexo 38.1.3 |
Dir. Financiero Encargado de la Función Actuarial | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Prueba de Solvencia Dinámica) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
||||||||||||
TITULO 8 DE LAS INVERSIONES Y OTROS ACTIVOS | ||||||||||||||||||||
74 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposición 8.5.2 | Dir. Administrativo | Deberán practicarse avalúos a los inmuebles de la institución | Interno | Anualmente a partir de la fecha del último avalúo realizado | ||||||||||||||
75 | Capítulo 8.5 De las inversiones inmobiliarias | Disposiciones 8.5.8, 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero Dir. Administrativo |
RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Presentar copia de los avalúos de los inmuebles, contratos de arrendamiento, renovaciones o modificaciones a los mismos) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
76 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.6 | Administración de Riesgos | Revisión del Manual de crédito | Consejo de Administración | Al menos una vez al año | 27 |
|||||||||||||
77 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.7 | Dir. Administrativo Dir. Financiero | Reporte de desempeño de la actividad crediticia | Consejo de Administración | Anual | 27 |
|||||||||||||
78 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.20 | Dir. Administrativo Dir. Financiero | Informe de la actividad crediticia | Consejo, Comité de Auditoría y Área de Administración de Riesgos | Cuando menos trimestralmente en las sesiones del consejo | 27 |
23 |
24 |
23 | ||||||||||
79 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.25 | Administración de Riesgos | Informe de reservas preventivas de los créditos al personal | Dirección General | Mensual | ||||||||||||||
80 | Capítulo 8.14 De las medidas prudenciales en materia de crédito | Disposición 8.14.30 | Auditor Interno | Auditoría de crédito | Consejo Admón. y Comité de Auditoría | Anual | 27 |
|||||||||||||
81 | Capítulo 8.15 De la inversión en otras sociedades | Disposiciones 8.15.6, 8.15.9 Anexos 8.15.6-a y 8.15.9 |
Dir. Jurídico | Autorización para la inversión en otras sociedades | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
82 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 y 38.1.3 fracción VI Anexo 38.1.3 Artículo 247 LISF |
Dir. Financiero | RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Acuerdo de aprobación de la Política de Inversión y la política aprobada) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 2 |
||||||||||||
83 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.1 | Dir. Financiero | Notificación de modificaciones a la política de Inversión | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra- 20 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | 28 |
22 |
|||||||||||
84 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.3 y 38.1.8 fracción I inciso c Anexo 38.1.8 Artículo 250 LISF |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Determinación de la Base de Inversión e información de los activos e inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
23 |
21 | |||||||||
85 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.4 y 38.1.6 fracción I Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
86 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposición 8.23.5 y 38.1.6 fracción II Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Comprobación de los Activos e Inversiones- casos especiales como inversiones con rendimiento real, redescuentos, créditos e inmuebles) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
87 | Capítulo 8.23 De la información y comprobación respecto de la política de inversión, inversiones y otros activos | Disposiciones 8.23.6, 8.19.4 y 38.1.6 fracción III Anexo 38.1.6 |
Dir. Financiero | RR-5 Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (Contratos Celebrados con Entidades Financieras) | CNSF a través del SEIVE | Por única vez cuando se suscriban o tenga modificaciones en el trimestre que corresponda. 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio |
Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
TITULO 9 DEL REASEGURO, REAFIANZAMIENTO Y OTROS MECANISMOS DE TRANSFERENCIA DE RIESGOS Y RESPONSABILIDADES | ||||||||||||||||||||
88 | Capítulo 9.1 De los límites máximos de retención de las instituciones de seguros | Disposición 9.1.3 | Caución | Dir. Técnico | Aprobación del Consejo de los Límites máximos de retención por seguro, contratante o grupo de contratantes | Consejo de Administración | Anualmente durante el último trimestre | 9 |
18 | |||||||||||
89 | Capítulo 9.1 De los límites máximos de retención de las instituciones de seguros | Disposición 9.1.4 | Caución | Dir. Técnico | Informe de ajuste a los límites máximos de retención por seguro, contratante o grupo de contratantes | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
90 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Comité de Reafianzamiento | Revisión a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | Consejo de Administración | Anualmente dentro de los 12 meses siguientes a su aprobación o última revisión | 17 | |||||||||||||
91 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.3 | Dir. Técnico | Informe de modificaciones a la metodología del límite máximo de acumulación de responsabilidades por fiado | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
92 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.5 | Dir. Técnico | Informe de ajustes a los límites máximos de retención | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
93 | Capítulo 9.3 De los límites máximos de retención de las instituciones en las operaciones de fianzas | Disposición 9.3.10 | Dir. Técnico | Solicitud de autorización de exceso a los límites máximos de retención | CNSF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
94 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.1.8, 9.7.1, 9.7.4 y 38.1.7 fracción III inciso a y b Anexo 38.1.7 |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Límites Máximos de Retención de Seguros y fianzas e Informe de opinión de Actuario en caso de que los límites máximos resulten superiores al 5% de los FPA) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
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95 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposición 9.7.2 Anexo 9.7.2 |
Caución | Dir. Técnico y Encargado de la Función Actuarial | Método técnico para fijación de los límites máximos de retención por cada operación, ramo o tipo de seguro aprobado por el Consejo de Administración y la opinión favorable del actuario | CNSF a través del SEIVE | Dentro de los 20 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | 10 |
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96 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposición 9.7.2 Anexo 9.7.2 |
Caución | Dir. Técnico y Encargado de la Función Actuarial | Modificaciones al Método técnico para fijación de los límites máximos de retención por cada operación, ramo o tipo de seguro | CNSF a través del SEIVE | Dentro de los 10 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | ||||||||||||
97 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposición 9.7.5 Anexo 9.7.5 |
Caución | Dir. Técnico | Modificaciones a la Metodología para la determinación del Límite de Acumulación de responsabilidad por Fiado | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | 17 |
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98 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.6 y 38.1.7, fracción I inciso c Anexo 38.1.7 |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Cúmulos de Responsabilidades por Fianza, por Fiado o Grupo de Fiados) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
99 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción I, 38.1.7 fracción III inciso c Anexo 38.1.7 Articulo 264 LISF |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Plan General de Reaseguro y Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
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100 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.7 fracción II, 38.1.7 fracción I inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Reporte Trimestral de Reaseguro y Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 |
23 |
19 |
21 | ||||||||
101 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.8 y 38.1.7 fracción II inciso a Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Fianzas y Caución | Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Soporte Documental de Reaseguro y Reafianzamiento) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 30 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 18 |
15 |
9 |
11 | ||||||||
102 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.10 y 38.1.7 fracción I inciso b Anexo 38.1.7 Artículo 264 LISF |
Dir. Técnico | RR-6 Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (Operaciones realizadas con Reaseguradoras Extranjeras y con entidades no inscritas en RGRE) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al trimestre | Hábiles | 25 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
103 | Capítulo 9.7 De la información y comprobación respecto de los límites máximos, así como sobre las operaciones de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia | Disposiciones 9.7.11 y 38.1.3 fracción VII Anexo 38.1.3 |
Fianzas y Caución | Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-2 Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (Reporte de Contratos de Reaseguro y Reafianzamiento correspondiente a operaciones de reaseguro financiero) | CNSF a través del SEIVE | Anual 145 días siguientes al cierre del ejercicio. | Hábiles | 2 |
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TITULO 10 DE LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y OTROS TITULOS DE CRÉDITO | ||||||||||||||||||||
104 | Capítulo 10.1 De la emisión de obligaciones subordinadas | Disposición 10.1.1 | Dir. Financiero | Obligaciones Subordinadas | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
105 | Capítulo 10.2 De la emisión de otros títulos de crédito | Disposición 10.2 | Dir. Financiero | Autorización para la emisión de Otros Títulos de Crédito | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
106 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.4 | Dir. Financiero | Información a presentar para hacer constar la declaración unilateral de voluntades | CNSF Oficialía de partes | Cuando ocurra al menos con 20 días de anticipación a la fecha que se pretenda emitir los títulos | Hábiles | |||||||||||||
107 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.5 | Dir. Financiero | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Cuando ocurra Sesión de consejo posterior a la colocación | ||||||||||||||
108 | Capítulo 10.3 de las disposiciones comunes relativas a la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.3.6 | Dir. Financiero | Reporte de evolución de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | Consejo de Administración y Director General | Anual cuando ocurra | ||||||||||||||
109 | Capítulo 10.4 De los límites en la emisión de obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.4.2 | Dir. Financiero | Notificar cuando los pagos por concepto de amortización e intereses de la totalidad de las obligaciones subordinadas no susceptibles de convertirse en acciones y de otros títulos de crédito emitidos por una Institución, excedan en un año calendario el 5% de los Fondos Propios Admisibles | CNSF - Oficialía de partes | Dentro de los 30 días posteriores al cierre del año | Naturales | |||||||||||||
110 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.2 | Dir. Financiero | Reporte sobre el resultado de la colocación de Obligaciones Subordinadas o de Otros Títulos de Crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha en que se efectúe la colocación | Hábiles | |||||||||||||
111 | Capitulo 10.5 De la información y comprobación respecto de las obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito | Disposición 10.5.3 | Dir. Financiero | Cambio en la calificación de las emisiones de obligaciones subordinadas u otros títulos de crédito | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 5 días a partir de que ocurra el cambio | Hábiles | |||||||||||||
112 | Capítulo 10.6 De la operación de líneas de crédito | Disposición 10.6.4 | Dir. Financiero | Informe para disponer de líneas de Crédito en cuentas de cheques destinadas a cubrir sobregiros | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días posteriores a la fecha de celebración del convenio | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 11 DE LAS GARANTIAS DE RECUPERACIÓN | ||||||||||||||||||||
113 | Capítulo 11.5 De la información y comprobación respecto de reclamaciones judiciales y extrajudiciales recibidas, así como respecto de las garantías recabadas | Disposiciones 11.5.1 y 38.1.8 fracción I inciso b Anexo 22.1.2 inciso r (B-18)(19) Formatos I y II |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
23 |
21 | |||||||||
114 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.2 Anexo 11.7.2 |
Dir. Técnico | Registro de firmas para suscribir las constancias de Tildación | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Anual, los primeros 10 días del mes de febrero | Hábiles | 15 |
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115 | Capítulo 11.7 Del registro y ratificación de firmas ante la comisión para las constancias de tildación | Disposición 11.7.3 | Dir. Técnico | Alta o baja de firmas de funcionarios que suscriban las constancias para tildación | Sistema de Registro de firmas de la pagina web de la CNSF | Cuando ocurra 20 días siguientes al cambio | Hábiles | 24 |
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TITULO 12 DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS CON TERCEROS Y DE LAS OPERACIONES CON ENTIDADES RELACIONADAS | ||||||||||||||||||||
116 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.2 | Dir. Administrativo | Aprobar la celebración de operaciones relevantes con entidades relacionadas | Consejo de Administración | Cuando ocurra | ||||||||||||||
117 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.8 | Dir. Financiero | Informar el resultado del estudio de precios de transferencia | Comité de Auditoría | En la sesión inmediata siguiente a la fecha en que reciba el estudio | ||||||||||||||
118 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.9 | Comité de Auditoría | Informe sobre diferencias en los precios o montos de contra prestación pactados | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra plazo no mayor a 5 días contados a partir de recepción del estudio | Hábiles | |||||||||||||
119 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.10 | Dir. Financiero | Presentación de los contratos celebrados con entidades relacionadas o personas morales con las cuales se mantengan vínculos de negocio | Comité de Auditoría | Cuando ocurra, previo a la formalización | ||||||||||||||
120 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.13 | Dir. Financiero | Informe de operaciones de transferencia que impliquen transferencia de riesgo con importancia relativa | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra dentro de los 20 días siguientes a la fecha de celebración de las operaciones | Hábiles | |||||||||||||
121 | Capítulo 12.2 De las operaciones con entidades relacionadas y el estudio de los precios de transferencia | Disposición 12.2.14 Anexo 12.3.5 |
Dir. Financiero | Estudio Anual de Precios de Transferencia | CNSF a través del SEIVE | Anual durante el 1er trimestre | ||||||||||||||
122 | Capítulo 12.3 De la información y comprobación respecto de la contratación de servicios con terceros y de las operaciones con entidades relacionadas | Disposiciones 12.3.2 y 38.1.10 fracción I Anexo 38.1.10 |
Dir. Administrativo | RR-9 Reporte Regulatorio sobre Operaciones Contratadas con Terceros (Informe de las contrataciones de servicios con terceros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre | 25 |
23 |
19 |
21 | ||||||||||
TITULO 13 DE LA INFORMACIÓN DE APERTURA, CAMBIO DE UBICACIÓN Y CLAUSURA DE OFICINAS | ||||||||||||||||||||
123 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.1 Anexo 13.1.1 |
Dir. Administrativo | Aviso de apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días de anticipación a la apertura, cambio o clausura de oficinas | Hábiles | 8 |
12 |
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124 | Capítulo 13.1 De la información respecto de la apertura, cambio de ubicación y clausura de oficinas de las instituciones | Disposición 13.1.2 | Dir. Administrativo | Aviso al Público en General de la apertura, cambio de ubicación o clausura de oficinas | Diario de circulación nacional | Cuando ocurra 30 días de anticipación al cambio. (Dos publicaciones con 15 días entre la primera y la segunda) | Naturales | 12 y 29 |
8 y 19 |
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125 | Capítulo 13.2 De los días en que podrán cerrar y suspender operaciones las instituciones | Disposición 13.2.1 Anexo13.2.1 |
Los días en que la institución podrá cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 | 4 | 18 | 18, 19 | 1 | 16 | 18 | 25 | |||||||||
126 | Capítulo 13.3 Del periodo vacacional del personal de la Comisión | Disposición 13.3.1 Anexo 13.3.1 |
Periodo vacacional del personal de la Comisión | 2, 3, 4, |
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127 | Capítulo 13.4 De los días inhábiles por situaciones de contingencia | Disposición 13.4.1 Anexo 13.4.1 |
Los días inhábiles por situaciones de contingencia | |||||||||||||||||
TITULO 16 DE LAS OPERACIONES DE LOS SEGUROS DE CREDITO Y CAUCIÓN | ||||||||||||||||||||
128 | Capítulo 16.2 Del las operaciones de Reaseguro en los seguros de caución | Disposición 16.2.2 y 9.7.5 | Caución | Dir. Técnico | Presentación de la aprobación de la metodología y procedimientos para fijar el límite máximo de acumulación de riesgos por contratante | Consejo de Administración CNSF a través del SEIVE |
Dentro de los 20 días siguientes a la fecha del acuerdo | Hábiles | 10 |
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129 | Capítulo 16.2 Del las operaciones de Reaseguro en los seguros de caución | Disposición 16.2.2 | Caución | Dir. Técnico | Revisión a la metodología del límite máximo de acumulación de riesgos por contratante | Consejo de Administración | Anualmente dentro de los 12 meses siguientes a su aprobación o última revisión | 23 |
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130 | Capítulo 16.2 Del las operaciones de Reaseguro en los seguros de caución | Disposición 16.2.2 | Caución | Dir. Técnico | Informe de modificaciones a la metodología del límite máximo de acumulación de riesgos por contratante | CNSF- Oficialía de partes | Cuando ocurra | |||||||||||||
TITULO 22 DE LA CONTABILIDAD Y LOS ESTADOS FINANCIEROS | ||||||||||||||||||||
131 | Capítulo 22.1 De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos | Disposición 22.1.2 Anexo 22.1.2 inciso g (B-7) inciso 6 |
Dir. Técnico | Informar las fianzas reclamadas y pagadas que tengan reafianzamiento ya sea tomado o cedido | Instituciones reafianzadoras | Cuando ocurra no excederá de 20 días, contado a partir de la fecha de contabilización | Hábiles | |||||||||||||
132 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.2 | Dir. Financiero | Aprobación de la contratación del Proveedor de precios | Consejo de Administración | Cuando ocurra | ||||||||||||||
133 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposiciones 22.2.3 y 38.1.2 fracción VIII Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Proveedor de Precios) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 20 días siguientes al cierre de los trimestres de marzo, junio, septiembre y diciembre | Hábiles | 1 |
30 |
26 |
28 | |||||||||
134 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.3 | Dir. Financiero | Cambio de Proveedor de Precios | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días de anticipación a la celebración del contrato | Hábiles | |||||||||||||
135 | Capítulo 22.2 De la valuación de valores, documentos e instrumentos financieros a través de proveedores de precios | Disposición 22.2.5 | Dir. Financiero | Informar en caso de que se tenga objeción a los precios que determine el proveedor de precios contratado | Proveedor de precios CNSF |
Cuando ocurra | ||||||||||||||
136 | Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los libros, registro y documentación de contabilidad | Disposición 22.3.13 | Dir. Administrativo | Pérdida, destrucción o robo de los libros, registros o auxiliares de cualquier tipo | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 15 días a partir de que se tenga conocimiento | Hábiles | |||||||||||||
137 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposiciones 22.4.1 y 38.1.8 fracción I incisos a y b Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Esquema General de los Estados Financieros: Catálogo, Reportes de consolidación, Reportes relativos a los conceptos que integran los estados financieros) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, excepto el cuarto que debe presentarse dentro de 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
23 |
21 | |||||||||
138 | Capítulo 22.4 De la información que se deberá presentar respecto de los estados financieros y otra información complementaria | Disposición 22.4.2 Anexo 22.4.2 |
Dir. Financiero | Procedimiento de Prorrateo | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 30 de noviembre de cada año | 29 | |||||||||||||
TITULO 23 DE LOS DICTÁMENES E INFORMES DE LOS AUDITORES EXTERNOS Y ACTUARIOS INDEPENDIENTES | ||||||||||||||||||||
139 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.2 y 38.1.2 fracción IX Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Dir. Financiero | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Auditor Externo Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual 20 días siguientes al cierre del tercer trimestre | Hábiles | 28 | ||||||||||||
140 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.3 Anexo 23.1.3 |
Dir. Financiero | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Auditor Externo Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Octubre | 31 |
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141 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.4 | Dir. Financiero | Sustitución de la sociedad de Auditoría Externa | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación por el consejo | Hábiles | |||||||||||||
142 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.6 Anexo 23.1.6 |
Dir. Financiero | Servicios adicionales de Auditoría Externa | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | |||||||||||||
143 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.8 Anexo 23.1.8 |
Dir. Financiero | Programa de Auditoría del Auditor Externo independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual, a más tardar el 31 de Octubre | 31 | |||||||||||||
144 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.10 | Dir. Financiero | Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
145 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposición 23.1.11 | Dir. Financiero | Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
146 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.14 y 38.1.8 fracción II inciso a Anexos 23.1.14 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Corto) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 11 |
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147 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.15 y 38.1.8 fracción III inciso a Anexos 23.1.15 y 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe Largo y la opinión sobre información complementaria) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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148 | Capítulo 23.1 De los dictámenes e informes de los auditores externos independientes | Disposiciones 23.1.16 y 38.1.8 fracción III inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe sobre otras Opiniones y Comunicados) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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149 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.1, 23.2.2, 38.1.2 fracción X Anexo 38.1.2 |
Dir. Administrativo Dir. Técnico | RR-1 Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (Acuerdo de aprobación de Contratación de Actuario Independiente) | CNSF a través del SEIVE | Anual- 20 días siguientes al cierre del segundo trimestre | Hábiles | 26 |
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150 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.3 y 23.2.8 Anexo 23.2.3 |
Dir. Técnico | Manifestación de conocimiento y acuerdo de designación del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Anual a mas tardar el 31 de Julio | 31 |
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151 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.4 | Dir. Técnico | Sustitución del Actuario Independiente | CNSF | Cuando ocurra 10 días contados a partir de su aprobación | Hábiles | |||||||||||||
152 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.6 Anexo 23.2.6 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
Servicios adicionales del Actuario Independiente | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 10 días siguientes a la contratación | Hábiles | |||||||||||||
153 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.8 Anexo 23.2.8 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
Programa de Actividades del actuario independiente | CNSF a través del SEIVE | A más tardar el 31 de julio de cada año | 31 |
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154 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.12 | Dir. Financiero Dir. Técnico |
Informe sobre irregularidades que afecten la liquidez , estabilidad o solvencia de la institución a la que preste sus servicios | Comité de Auditoría CNSF a través del SEIVE |
Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
155 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.14 | Dir. Financiero Dir. Técnico |
Informe sobre práctica de operaciones prohibidas | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra de inmediato | ||||||||||||||
156 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.17 y 38.1.8 fracción II inciso b Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción II |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Carta dictamen sobre la situación y suficiencia de las Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 11 |
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157 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposiciones 23.2.18 y 38.1.8 fracción III inciso c Anexo 23.2.18 |
Dir. Financiero Dir. Técnico |
RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Informe del Dictamen de Reservas Técnicas) | CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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158 | Capítulo 23.2 De los dictámenes e informes de los actuarios independientes | Disposición 23.2.19 | Dir. Técnico | Carta Dictamen e Informe del Dictamen de Reservas Técnicas | Comité de Auditoría | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 1 |
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TITULO 24 DE LA REVELACIÓN DE INFORMACION | ||||||||||||||||||||
159 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.4 | Dir. Financiero | Calificación de calidad crediticia de SOFIMEX | Institución Calificadora de Valores | No podrá tener una antigüedad superior a doce meses | 21 | |||||||||||||
160 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.4 y 38.1.8 fracción III inciso h Anexo 38.1.8 |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte regulatorio sobre Estados Financieros (Copia de los documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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161 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.6 | Dir. Financiero | Aprobación de los Estados Financieros Básicos Consolidados, Notas de Revelación y Reporte de Solvencia y Condición Financiera | Consejo de Administración y Director General | Anual | ||||||||||||||
162 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.5 y 24.2.1 Anexo 24.2.2 |
Dir. Financiero | Difusión del Reporte sobre la Solvencia y Condición Financiera (RSCF) | Página Electrónica de Sofimex | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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163 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 | Dir. Financiero | Publicación del Balance General y Estado de Resultados consolidados | Diario de Circulación Nacional | Trimestral 20 días siguientes a la fecha de elaboración | Hábiles | 30 |
26 |
28 | ||||||||||
164 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.7 y 24.1.8 | Dir. Financiero | Publicación anual del Balance General y Estado de Resultados consolidados y demás información | Diario de Circulación Nacional | Anual 45 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 11 |
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165 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.8 fracción IV | Dir. Financiero | Informar al público en general respecto del cambio de dominio de la página electrónica de SOFIMEX | Diario de Circulación Nacional | Cuando ocurra 15 días siguientes al cambio | Hábiles | |||||||||||||
166 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposiciones 24.1.9 fracciones I a V y 38.1.8 fracción III incisos del d al h Anexo 38.1.8 Transitoria quincuagésima quinta fracción III |
Dir. Financiero | RR-7 Reporte Regulatorio sobre Estados Financieros (Publicación en DOF, copia de los estados básicos consolidados anuales y sus notas, copia certificada de aprobación de los estados financieros, el RSCF, documentos que acrediten la calificación de calidad crediticia) |
CNSF a través del SEIVE | Anual 90 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 17 |
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167 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.9. fracción VI | Dir. Financiero | Presentar los Estados Financieros Básicos Consolidados anuales y sus notas de revelación | CNSF Oficialía de partes | Anual dentro de los 30 días siguientes a la aprobación por parte de la asamblea de accionistas | Hábiles | 5 |
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168 | Capítulo 24.1 De la publicación y difusión de los estados financieros, las notas de revelación y el dictamen del auditor externo independiente | Disposición 24.1.10 | Dir. Financiero | Corrección de información de estados financieros, notas de revelación y RCSF. Sustitución de RR-7 | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la notificación de la CNSF | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 26 DE LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA | ||||||||||||||||||||
169 | Capítulo 26.1. Del sistema estadístico del sector asegurador | Disposiciones 26.1.4 fracción III inciso j y 38.1.9 fracción XII Anexo 38.1.9-a y m |
Caución | Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESA para la Operación de daños seguro de caución) | CNSF a través del SEIVE | Anual 33 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | ||||||||||||
170 | Capítulo 26.1. Del sistema estadístico del sector asegurador | Disposiciones 26.1.4 fracción IV y 38.1.9 fracción XX Anexo 38.1.9-u |
Caución | Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESA de información estadística por operación, ramo y tipo de seguro) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 22 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 30 |
30 | ||||||||||
171 | Capítulo 26.1. Del sistema estadístico del sector asegurador | Disposiciones 26.1.4 fracción V y 38.1.9 fracción XXI Anexo 38.1.9-v |
Caución | Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESA de información estadística por operación, ramo y subramo así como tomado y cedido) | CNSF a través del SEIVE | Anual 65 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | ||||||||||||
172 | Capítulo 26.1. Del sistema estadístico del sector asegurador | Disposiciones 26.1.4 fracción VI y 38.1.9 fracción XXIV Anexo 38.1.9-y |
Caución | Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESA información del comportamiento por operación y ramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre del trimestre, con excepción del cuarto 20 días al cierre del ejercicio | Hábiles | 19 |
21 | ||||||||||
173 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción I, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXII Anexo 38.1.9-w |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística (SESAF para la Operación Afianzadora) | CNSF a través del SEIVE | Anual 29 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 15 |
||||||||||||
174 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción II, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXIII Anexo 38.1.9-x |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística resumen trimestral (SESAF de Información Estadística resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral dentro de los 22 días siguientes al cierre del trimestre | Hábiles | 6 |
3 |
30 |
30 | |||||||||
175 | Capítulo 26.2 Del sistema estadístico del sector afianzador | Disposiciones 26.2.4. fracción III, 26.3.1 y 38.1.9 fracción XXV Anexo 38.1.9-z |
Dir. Técnico | RR-8 Reporte Regulatorio sobre Información Estadística comportamiento resumen trimestral (SESAF de Información del Comportamiento resumen trimestral por ramo y subramo) | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 15 días siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción del cuarto 20 días siguientes al cierre del ejercicio | Hábiles | 1 |
23 |
19 |
21 | |||||||||
TITULO 27 DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OPERACIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 492 DE LA LISF | ||||||||||||||||||||
176 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Relevantes | CNSF a través del SEIVE | Trimestral 10 días posteriores al trimestre | Hábiles | 18 |
12 |
12 |
14 | |||||||||
177 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Inusuales | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | |||||||||||||
178 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción I Anexo 27.1.1-a |
Oficial de Cumplimiento | Reporte de Operaciones Preocupantes | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 60 días a partir de su detección | Naturales | |||||||||||||
179 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1. fracción III Anexo 27.1.1-c |
Dir. Administrativo | Ratificación y/o cambios en la integración del Comité de Comunicación y Control | CNSF a través del SEIVE | Anual primeros 15 días de enero | Hábiles | 25 |
||||||||||||
180 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.1 fracción V Anexo 27.1.1-e |
Dir. Administrativo | Designación del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | |||||||||||||
181 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción I Anexo 27.1.2-a |
Dir. Administrativo | Sustitución del Oficial de Cumplimiento | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 15 días siguientes a la fecha del nombramiento | Hábiles | |||||||||||||
182 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción II Anexo 27.1.2-b |
Dir. Administrativo | Presentar las Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente y criterios para dar cumplimiento al artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Cuando ocurra 20 días siguientes a la aprobación del comité | Hábiles | |||||||||||||
183 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción III Anexo 27.1.2-c |
Dir. Administrativo | Informe del Programa anual de cursos de capacitación | CNSF a través del SEIVE | Anual 15 días de enero | Hábiles | 25 |
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184 | Capítulo 27.1 De los reportes de operaciones, estructuras internas y de las políticas de identificación y conocimiento del cliente | Disposición 27.1.2 fracción IV Anexo 27.1.2-d |
Dir. Administrativo | Informe de resultados de revisión al cumplimiento del artículo 492 de la LISF | CNSF a través del SEIVE | Anual 60 días siguientes al cierre del ejercicio | Naturales | 1 |
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TITULO 28 DE LOS PLANES DE REGULARIZACION Y LOS PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN | ||||||||||||||||||||
185 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposiciones 28.1.1, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-a Anexo 39.5.16-b |
Áreas de la Institución | Presentar los Planes de Regularización | Director General Comisión – SIPREP y la Oficialía de Partes | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y en un plazo máximo de 5 días posteriores a la Oficialía de Partes | Hábiles | |||||||||||||
186 | Capítulo 28.1 De los planes de regularización | Disposición 28.1.3 | Comité de Auditoría | Publicación de incumplimiento de Planes de Regularización que ordene la CNSF | Diario Oficial, Dos diarios de circulación nacional, Pagina electrónica de Sofimex | Cuando ocurra 10 días siguientes a la recepción de la orden de la CNSF | Hábiles | |||||||||||||
187 | Capítulo 28.2 De los programas de autocorrección | Disposiciones 28.2.1, 28.2.2, 39.1.8 y 39.6 Anexo 39.5.16-c |
Comité de Auditoría Áreas de la Institución |
Presentar los Programas de Autocorrección | Consejo de Administración, Director General y Comisión - Oficialía de partes y el SIPREP | Cuando ocurra - primero se envía a través de SIPREP y a la Oficialía de Partes en un plazo máximo de 5 días posteriores | Hábiles | |||||||||||||
188 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.1 | Comité de Auditoría | Seguimiento a los Planes de Regularización | Consejo de Administración, Director General y Comisión Oficialía de partes | Mensual 10 días siguientes al cierre de cada mes | Hábiles | |||||||||||||
189 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe al vencimiento del Plan de Regularización | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del plan | Hábiles | |||||||||||||
190 | Capítulo 28.3 De la información sobre el seguimiento a la instrumentación de los planes de regularización y programas de autocorrección | Disposición 28.3.4 | Comité de Auditoría | Informe de conclusión del Programa de Autocorrección | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del programa | Hábiles | |||||||||||||
TITULO 30 DE LOS AUDITORES EXTERNOS, ACTUARIOS Y DICTAMINADORES JURÍDICOS | ||||||||||||||||||||
191 | Capítulo 30.1 Del Registro de los Auditores Externos Independientes que dictaminen estados financieros básicos | Disposición 30.1.3 | Dir. Financiero | Sustitución de auditor externo independiente por transcurrir el límite de 5 años consecutivos RR-1 | CNSF a través de SEIVE | Quinquenal | ||||||||||||||
192 | Capítulo 30.2 Del Registro de los Actuarios Independientes que dictaminen sobre la situación y suficiencia de las reservas técnicas | Disposiciones 30.2.3 | Dir. Técnico | Sustitución del actuario independiente por transcurrir el límite de 5 años consecutivos RR-1 | CNSF a través del SEIVE | Quinquenal | ||||||||||||||
193 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.5 Anexo 30.6.4 |
Subdirector Jurídico | Registro del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | ||||||||||||||
194 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.7 | Subdirector Jurídico | Actualización de datos del Dictaminador Jurídico | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra 5 días siguientes a la modificación | Hábiles | |||||||||||||
195 | Capítulo 30.6 Del registro de los profesionales que suscriban de los dictámenes jurídicos sobre la documentación contractual de los productos de las fianzas | Disposición 30.6.6 Anexo 30.6.6 | Subdirector Jurídico | Presentar la solicitud de renovación para la acreditación del Dictaminador Jurídico | CNSF a través del Sistema de citas y Registro de personas | Cada tres años | ||||||||||||||
TITULO 39 DE LOS MECANISMOS DE ENTREGA DE INFORMACIÓN | ||||||||||||||||||||
196 | Capítulo 39.1 De los aspectos generales | Disposición 39.1.5 Anexos 39.1.5-a y 39.1.5-b |
Dir. Financiero | Trámite del registro para el uso de los medios de identificación electrónica para el SEIVE | CNSF Sistema de citas y registro de personas | Cuando ocurra | ||||||||||||||
197 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.2 fracción IV | Dir. Administrativo | Requerimientos relacionados con información 492 de la LISF | CNSF-Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
198 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.3 Anexo 39.5.2-b Anexo 39.5.3-a o Anexo 39.5.3-b |
Dir. Administrativo | Sustitución, baja o designaciones adicionales de personas para acceder a SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
199 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.4 Anexo 39.5.2-c Anexo 39.5.4-a o Anexo 39.5.4-b |
Dir. Administrativo | Designación, sustitución y desautorización de personas designadas para acceso sólo de lectura al SNOR | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
200 | Capítulo 39.5 Del sistema de notificación de oficios de requerimiento | Disposición 39.5.5 Anexo 39.5.2-d |
Dir. Administrativo | Escrito en caso de sustitución del oficial de Cumplimiento | CNSF - Oficialía de partes | Cuando ocurra | ||||||||||||||
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS | ||||||||||||||||||||
201 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 295 fracción X | Dir. Administrativo | Escrito de renovación cuando sea imposible efectuar oportunamente la venta de bienes adjudicados | CNSF | Cuando ocurra | 14 |
2 |
14 |
26 |
17 |
|||||||||
202 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Presentar para aprobación el instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | CNSF | Cuando ocurra - En un plazo de noventa días contado a partir de la notificación de autorización por parte de la CNSF | ||||||||||||||
203 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Solicitar dictamen favorable para iniciar operaciones | CNSF | Cuando ocurra - Dentro de un plazo de ciento ochenta días contado a partir de la aprobación del instrumento público en que consten los estatutos de la Institución | ||||||||||||||
204 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 11 | Dir. Jurídico | Publicar la autorización para organizarse y operar como Institución o sociedad mutualista | Diario Oficial de la Federación y dos periódicos de amplia circulación | Cuando ocurra - Dentro de los veinte días siguientes a la fecha de notificación de la autorización respectiva | ||||||||||||||
205 | Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas | Art. 47 fracción V | Dir. Jurídico | Inscribir en el Registro Público de Comercio el dictamen favorable otorgado por la CNSF para inicio de operaciones | Registro Público de la Propiedad y el Comercio | Cuando ocurra - A más tardar a los treinta días posteriores a que les haya sido notificado el dictamen favorable para inicio de operaciones | ||||||||||||||
OTRAS LEYES Y DISPOSICIONES | ||||||||||||||||||||
206 | Manual de usuario SIPREP | Dir. Administrativo | Designación de Operador del SIPREP (Anexo I Carta de designación y Anexo II Formato de aceptación y responsabilidad) | CNSF - Dirección General de Tecnologías de la información | Cuando ocurra - en forma previa a la implementación del SIPREP | |||||||||||||||
207 | Ley Federal de Derechos | Artículo 31 | Dir. Financiero | Pago de derechos de inspección y vigilancia | SHCP | Bimestral - primeros quince días de cada bimestre | Naturales | 15 |
15 |
15 |
15 |
17 |
15 | |||||||
208 | Acuerdo por el que se señalan los días del 2019 en los que la CONDUSEF cerrará sus puertas y suspenderá operaciones | Los días en que se cerrarán las puertas y suspenderán operaciones | 1 al 4 | 4 | 18 | 18, 19 |
1 | 1, 16 |
18 | 12, 20 al 31 |
||||||||||
209 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición Tercera | Gerente de Reclamaciones | Actualización de datos de la UNE y la Institución | A través del sistema REUNE | Cinco días siguientes al evento | Hábiles | |||||||||||||
210 | Disposiciones de Carácter General para las Unidades Especializadas | Disposición sexta | Gerente de Reclamaciones | Informe trimestral | A través del sistema REUNE | Trimestral dentro de los 10 días siguientes al trimestre | Hábiles | 18 |
12 |
12 |
14 | |||||||||
211 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 172 | Dir. Administrativo | Informe general sobre la marcha de los negocios | Asamblea de Accionistas | Anual | 23 |
|||||||||||||
212 | Ley General de Sociedades Mercantiles | Artículo 177 | Dir. Administrativo | Publicación del dictamen del Comisario | Asamblea de Accionistas | Anual, 15 días después de la celebración de la Asamblea de Accionistas | 8 |
|||||||||||||
213 | Ley del Impuesto sobre la Renta Ley del Impuesto al Valor Agregado |
Artículo 14 Artículo 5-D |
Dir. Financiero | Declaración provisional de ISR, IVA y declaración de impuestos retenidos | SAT | Mensual | 17 | 18 | 19 |
17 |
17 |
17 | 17 | 19 | 17 | 17 | 19 | 17 | ||
214 | Ley del Impuesto al Valor Agregado | Artículo 32 | Dir. Financiero | Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) | SAT | Mensual – el último día del mes siguiente al que corresponda | 31 |
28 | 29 | 30 |
31 | 28 | 31 | 30 | 30 | 31 | 29 | 31 | ||
215 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 9 | Dir. Financiero | Declaración anual de ISR | SAT | Anual - dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio | 29 |
|||||||||||||
216 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 86 | Dir. Financiero | Declaración informativa de honorarios, arrendamiento, donativos, pago de dividendos | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | |||||||||||||
217 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 32 A Regla 2.13.12 RMF 15 |
Dir. Financiero | Dictamen Fiscal | SAT | Anual - 15 de Julio | 15 |
|||||||||||||
218 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 28 | Dir. Financiero | Contabilidad electrónica - Catálogo de cuentas con código agrupador y Balanza de comprobación | SAT | Mensual | 31 |
28 |
29 | 30 | 31 |
28 | 31 | 30 | 30 | 31 | 29 | 31 | ||
219 | Código Fiscal de la Federación | Artículo 143, a | Dir. Jurídico | Designar un apoderado para recibir requerimientos de pago y el domicilio para dicho efecto, así como los cambios que se produzcan | SHCP | Cuando ocurra - Con quince días de anticipación al cambio de domicilio o de apoderados | ||||||||||||||
220 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de IMSS | IMSS | Mensual | 17 |
18 |
19 |
17 |
17 |
17 |
17 |
19 |
17 | 17 | 19 | 17 | ||
221 | Ley del Infonavit | Artículo 35 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal de Infonavit | IMSS | Bimestral | 17 |
19 |
17 |
17 |
17 |
19 | ||||||||
222 | Ley del Seguro Social | Artículo 39 | Gerente de R. Humanos | Declaración obrero patronal Afore | IMSS | Bimestral | 17 |
19 |
17 |
17 |
17 |
19 | ||||||||
223 | Ley del Impuesto sobre la Renta | Artículo 118 | Gerente de R. Humanos | Declaración anual de sueldos y salarios | SAT | Anual – a mas tardar el 15 de febrero | 15 | |||||||||||||
224 | Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización | Artículo 161 | Gerente de R. Humanos | Dictamen para efectos del Seguro Social | IMSS | Anual - a más tardar el 30 de septiembre | 30 |
|||||||||||||
225 | Reglamento de la Ley del Seguro social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización | Artículo 32 | Gerente de R. Humanos | Declaración anual de prima de riesgo | IMSS | Anual- durante el mes de febrero | ||||||||||||||
226 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Notificar del nuevo acto corporativo como: aumento de capital, cambio de denominación, funcionarios, de régimen, fusión, disolución, poder, reforma, etc. | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra. Una vez que hayan quedado inscritos en el registro público de comercio | ||||||||||||||
227 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima cuarta | Dir. Administrativo | Informar en caso de liquidación el nombramiento del liquidador | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Cuando ocurra - dentro de los 3 días posteriores a la designación | Hábiles | |||||||||||||
228 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima sexta | Dir. Administrativo | Notificar actualizaciones como domicilio, teléfono, correo electrónico y página electrónica | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Dentro de los 3 días posteriores aquel en que se efectuó el cambio | Hábiles | |||||||||||||
229 | Disposiciones de carácter general para el registro de prestadores de servicios financieros | Disposición vigésima séptima | Dir. Administrativo | Validación de los datos | CONDUSEF a través del portal del SIPRES | Anual - Primeros 10 días de los meses de enero, abril, julio y octubre | Hábiles | 18 |
12 |
12 |
14 | |||||||||
230 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo III Disposición séptima | Dir. Administrativo | Publicación permanente del logo y alcance del buro así como la información de la institución | Portal de Internet de Sofimex | Permanente | ||||||||||||||
231 | Disposiciones de carácter Gral. Para la organización y funcionamiento del buro de entidades financieras | Capítulo IV Disposición décima | Dir. Administrativo | Actualización de la información comercial de Sofimex | CONDUSEF a través de la plataforma | Trimestral – 30 abril,30 julio, 30 octubre, 30 enero | 30 |
30 |
30 | 30 | ||||||||||
232 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo II Disposición Cuarta | Comité de Auditoría | Solicitud y proyecto de Programa de Autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
233 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Octava | Comité de Auditoría | Escrito en el que conste haber presentado el programa ante el Consejo o Comité de Auditoría | CONDUSEF | 20 días contados a partir de que se lleve a cabo la sesión | Naturales | |||||||||||||
234 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo III Disposición Décima | Comité de Auditoría | Solicitud de autorización para modificar el programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
235 | Disposiciones que regulan los programas de autocorrección de la CONDUSEF | Capítulo IV Disposición Décima segunda | Comité de Auditoría | Informe sobre el seguimiento al programa de autocorrección | CONDUSEF | Cuando ocurra | ||||||||||||||
236 | Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 | Disposición 2.4.1 fracción VI | Dir. Financiero | Información relativa a la clave de RFC o CURP de los fiados por fianzas del ramo administrativo y crédito | SAT | Trimestral | 31 | 30 | 31 | 31 | ||||||||||
237 | Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al INFONAVIT | Artículo 65 | Gerente de R. Humanos | Dictamen sobre cumplimiento de obligaciones con el INFONAVIT | INFONAVIT | 6 meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen | ||||||||||||||
238 | Oficio 06-C00-22100-35778 | Gerente de Procesos | Reporte incidente de seguridad de la información | CNSF a través del correo: ciberseguridad@cnsf .gob.mx |
5 días siguientes a la ocurrencia | Naturales | ||||||||||||||
239 | Oficio CNSF-20042018 | Caución | Dir. Financiero | Presentar los comprobantes de pago sobre las cuota de derechos de Inspección y Vigilancia (Instituciones de Seguros) | CNSF -Oficialía de Partes | A más tardar el día 15 del respectivo mes | Natural | 15 |
15 |
15 |
15 |
15 |
14 |
15 |
15 | 13 |
15 | 15 | 13 | |
240 | Oficio CNSF 06-C00-22100-36764-2019 | Control Interno | Informe de cambios en información corporativa relevante | Director General y CNSF a través del correo: informacióncorpora tiva@cnsf.gob.mx/ |
Anticipada o a más tardar 24 hrs posteriores al cambio | 16 |
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